Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Resolución ENRE 0273/2001. Boletín Oficial n° 29.650, jueves 17 de mayo de 2001, pp. 22-23.

Citas Legales : Decreto 01759/1972 (t.o. 1991) - artículo 084, Decreto 01759/1972 (t.o. 1991) - artículo 094, Ley 24.065 - artículo 56 incisos d) y s), Ley 24.065 - artículo 76, Resolución ENRE 0190/2001, Resolución ENRE 0190/2001 - anexo I, Resolución SEE 0061/1992

Expediente Citado : ENRE 05856/1998



BUENOS AIRES, 9 DE MAYO DE 2001

    VISTO: el Expediente ENRE N° 5856/98, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante la Resolución ENRE N° 190/01, en su Anexo I, se determinaron los factores de estímulo a la eficiencia a aplicar a los conceptos de conexión y capacidad de transporte a percibir por “TRANSPA S.A.”, durante el segundo período tarifario;

    Que dichos factores de estímulo a la eficiencia (Factor X) se determinaron en forma anual, con períodos de aplicación que comienzan con el inicio de su período tarifario (16 de junio) y culminan el día anterior a esa fecha pero del año siguiente (15 junio) y así sucesivamente, según el Anexo I a la Resolución ENRE N° 190/01;

    Que, según lo establecido en los contratos de concesión, la remuneración de las concesionarias debe ajustarse cada seis meses y tiene vigencia semestral;

    Que dicho ajuste se realiza coincidentemente con el comienzo de los semestres estacionales determinados en los procedimientos para la programación de la operación, el despacho de cargas y el cálculo de precios (LOS PROCEDIMIENTOS), 1° de mayo y 1° de noviembre de cada año;

    Que si bien el Contrato de Concesión de “TRANSPA S.A.”, establece que la remuneración de las transportistas por los conceptos de conexión y de capacidad de transporte podrá ser reducida anualmente por un coeficiente de estímulo a la eficiencia, nada disponen sobre la oportunidad en que dicha reducción debe reflejarse en las tarifas que abonan los usuarios del sistema de transporte;

    Que a fin de mantener un mensaje tarifario estable semestralmente se estima conveniente unificar en el tiempo el ajuste de la remuneración antes indicado y la aplicación del factor de estímulo a la eficiencia;

    Que a tal efecto, resulta necesario determinar como fecha de inicio del primer año de aplicación del factor de estímulo a la eficiencia definido por la Resolución ENRE N° 190/01, la del comienzo del primer semestre estacional siguiente a la entrada en vigencia del segundo período tarifario de la transportista (1 de noviembre de 1999);

    Que los sucesivos factores de eficiencia deberán ser aplicados anualmente a partir de la finalización del período anual inmediatamente anterior;

    Que la presente modificación de los períodos de aplicación del factor X no determina la superación de los límites establecidos en forma anual ni para el resto del período de gestión en el contratos de concesión;

    Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en el artículo 56 inciso d) y s) de la Ley Nº 24065.

    Por ello,
    EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
    REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
    RESUELVE:

    ARTÍCULO 1.- Sustituir el Anexo I a la Resolución ENRE N° 190/01 por el Anexo que integra la presente Resolución.

    ARTÍCULO 2.- Notifíquese a la SECRETARÍA DE ENERGÍA y MINERÍA, a “TRANSPA S.A.” y a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO S.A. y hágase saber que la presente Resolución es susceptible de ser recurrida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos contados de igual manera; y (iii) agotada la vía administrativa procederá el Recurso en sede judicial directamente ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (artículo 76 de la Ley Nº 24.065).

    ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese
    RESOLUCIÓN ENRE N° 273/2001
    ACTA N° 584
    Daniel Muguerza,
    Vocal Tercero.-
    Ester Beatriz Fandiño,
    Vocal Primera.-
    Alberto Enrique Devoto,
    Vicepresidente.
    Juan Antonio Legisa,
    Presidente.
    Citas legales:Resolución ENRE 190/2001 Biblioteca
    Decreto 1759/72 (t.o. 1991) Biblioteca
    Ley 19.549 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 56 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 76 Base de datos 'Biblioteca', Vistas '(Armar)'
    Contrato de Concesión Biblioteca

ANEXO a la Resolución ENRE Nº 273/2001
    FACTOR DE ESTÍMULO A LA EFICIENCIA A APLICAR A LOS CONCEPTOS DE CONEXIÓN Y CAPACIDAD DE TRANSPORTE A PERCIBIR POR TRANSPA S.A. DURANTE EL 2º PERÍODO TARIFARIO
    AÑO
    PERÍODO
    % DE REDUCCIÓN
    A APLICAR
    FACTOR
    MULTIPLICADOR
    2000
    1-nov-1999 / 31-oct-2000
    0,5
    0.995
    2001
    1-nov-2000 / 31-oct-2001
    0,5
    0.990
    2002
    1-nov-2001 / 31-oct-2002
    0,5
    0,985
    2003
    1-nov-2002 / 31-oct-2003
    0,5
    0,980
    2004
    1-nov-2003 / 31-oct-2004
    0,5
    0,975

    * Sustituye el ANEXO I a la Resolución ENRE Nº 190/01