Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Resolución ENRE 0089/2006. (no publicada en B.O.) , jueves 26 de enero de 2006, 3 p.
Citas Legales : Acta acuerdo (UNIREN - Transener S.A.), Acta acuerdo (UNIREN - Transener S.A.) - anexo I, Acta acuerdo (UNIREN - Transener S.A.) - anexo IV, Acta acuerdo (UNIREN - Transener S.A.) - anexo V, Acta acuerdo (UNIREN - Transener S.A.) - cláusula 23 - punto 23.2., Decreto 01462/2005 (acta acuerdo UNIREN - Transener S.A.), Decreto 01462/2005 (acta acuerdo UNIREN - Transener S.A.) - anexo - cláusula 23 - punto 23.2., Decreto 01462/2005 (acta acuerdo UNIREN - Transener S.A.) - anexo - subanexo IV, Decreto 01462/2005 (acta acuerdo UNIREN - Transener S.A.) - anexo - subanexo I, Decreto 01462/2005 (acta acuerdo UNIREN - Transener S.A.) - anexo - subanexo V, Ley 19.549 - artículo 07 inciso d), Ley 19.549 - artículo 12, Ley 24.065 - artículo 02, Ley 24.065 - artículo 40, Ley 24.065 - artículo 41, Ley 24.065 - artículo 42, Ley 24.065 - artículo 43, Ley 24.065 - artículo 44, Ley 24.065 - artículo 45, Ley 24.065 - artículo 46, Ley 24.065 - artículo 47, Ley 24.065 - artículo 48, Ley 24.065 - artículo 49, Ley 24.065 - artículo 56 incisos a); b); f) y s), Resolución ENRE 0462/2001 - artículo 7, Resolución ENRE 0908/2005, Resolución ENRE 0908/2005 - artículo 1, Resolución ENRE 0908/2005 - artículo 4 - punto III., Resolución SEE 0061/1992 - capítulo 5, Resolución SEE 0061/1992 - capítulo 5 - punto 5.5.
Expediente Citado : ENRE 18019/2005
(Nota del Centro de Documentación: aclaratoria aprobada por la Resolución ENRE 240/06 )
 BUENOS AIRES, 26 DE ENERO DE 2006
VISTO: el Expediente ENRE N° 18.019/2005, y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota de Entrada N° 113143 “TRANSENER S.A.” interpuso Recurso de Reconsideración y Alzada en subsidio contra la Resolución ENRE N° 908/2005 a fin de que se reconsidere lo resuelto con relación a la cantidad de MVAr establecida por el ENRE para cada uno de los Compensadotes Sincrónicos instalados en la Estación Transformadora Ezeiza.
Que, los agravios expuestos por “TRANSENER S.A.” en esta etapa recursiva son los siguientes:
Que, la cantidad de MVAr determinada por el ENRE en el artículo 1° de la Resolución recurrida difiere de la cantidad establecida en el Anexo IV del Acta Acuerdo de Negociación Contractual suscripta entre la UNIDAD DE NEGOCIACIÓN Y ANALISIS DE CONTRATOS DE SERVICIOS PUBLICOS (UNIREN) y “TRANSENER S.A.”, ratificada por el Decreto N° 1462/2005 del Poder Ejecutivo Nacional.
Que en virtud de lo antes expuesto “TRANSENER S.A.”, solicita que se rectifique los términos del artículo 1° de la mencionada Resolución y se instruya a CAMMESA para que liquide los montos resultantes conforme lo establecido en el punto III del artículo 4° de la citada Resolución, con más los intereses aplicables conforme los términos del capítulo V de los Procedimientos devengados a partir del 1° de junio de 2005 hasta la fecha del efectivo pago.
Que, seguidamente y, por razones de brevedad, se hace la remisión a los contenidos del acto impugnatorio interpuesto, obrante a fojas del Expediente del Visto.
Que, atento a que por un error material se omitió la observación del Anexo IV del Acta Acuerdo de Negociación Contractual suscripta entre la Unidad de Negociación y Análisis de los Contratos de Servicios Públicos (UNIREN) y “TRANSENER S.A.”, ratificada por el Decreto N° 1462/2005 del Poder Ejecutivo Nacional.
Que por consiguiente, corresponde hacer lugar parcialmente al Recurso incoado, procediendo a rectificar el artículo 1° de la Resolución ENRE N° 908/2005 indicando que donde dice: “Determinar que el módulo en MVAr a remunerar y sancionar, a “TRANSENER S.A.” conforme a los valores establecidos en los Anexos I y V del Acta Acuerdo aprobada por el Decreto P.E.N. N° 1462/05, de cada uno de los Compensadores Sincrónicos de la E.T. Ezeiza es de 125 MVAr” deberá decir “ – “Determinar que el módulo en MVAr a remunerar y sancionar, a “TRANSENER S.A.” conforme a los valores establecidos en los Anexos I y V del Acta Acuerdo aprobada por el Decreto P.E.N. N° 1462/05, de cada uno de los Compensadores Sincrónicos de la E.T. Ezeiza es de 245 MVAr”.
Que en cuanto a la solicitud de “TRANSENER S.A.” de que se liquide los montos resultantes conforme lo establecido en el punto III del artículo 4° de la citada Resolución, con más los intereses aplicables conforme los términos del capítulo V de los Procedimientos devengados a partir del 1° de junio de 2005 hasta la fecha del efectivo pago, cabe mencionar sobre el particular, que este organismo en oportunidad de resolver sobre “las revisiones tarifarias quinquenales en las que se dispuso que los ajustes positivos y negativos correspondientes....” deben efectuarse con los intereses previstos en el punto 5.5. “Cobranzas a los deudores” de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios...”. Esto en un todo de acuerdo a lo normado en el artículo 7 de la Resolución ENRE N° 462/2001.
Que consecuentemente, corresponde instruir a CAMMESA a que realice el ajuste de la remuneración de “TRANSENER S.A.” a partir del 1 de junio de 2005, en concepto de conexión y capacidad conforme la modificación realizada precedentemente, y a liquidar los intereses correspondientes a las facturaciones que surjan por la aplicación de la Resolución ENRE N° 908/2005 considerando, para el cálculo de los intereses, que las facturas correspondientes a los meses junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, vencieron a los treinta y nueve (39) días contados a partir del último día del mes a que se refieren las transacciones facturadas.
Que salvo la rectificación antes indicada, cabe destacar que el acto atacado, se encuentra debidamente motivado y determina el fin que define el dictado del mismo y, en concordancia con el artículo 12 de la Ley N° 19.549, ha sido emitido conforme el ordenamiento jurídico vigente, presunción no desvirtuada por argumento alguno y suficientemente válido argüido por la recurrente que permita revocar por completo la Resolución ENRE N° 908/2005.
Que por todo ello, corresponde hacer lugar parcialmente el Recurso de Reconsideración y Alzada en subsidio interpuesto por “TRANSENER S.A.” en contra de la Resolución ENRE N° 908/2005.
Que se ha producido el correspondiente dictamen técnico y legal, este último en un todo de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 7° inc. d) de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos.
Que el Directorio del Ente Nacional Regulador de la Electricidad se encuentra facultado para el dictado del presente acto en virtud de lo dispuesto por los artículo 56 incisos a), b), f) y s), artículos 40 a 49 y 2 de la Ley 24.065; y del apartado 2 de la cláusula vigésima tercera del Acta Acuerdo aprobada por el Decreto PEN N° 1.462/2005.
Por ello;
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Hacer lugar parcialmente al Recurso de Reconsideración y Alzada en subsidio interpuesto por “TRANSENER S.A.” contra la Resolución ENRE N° 908/2005.
ARTICULO 2.- Rectificar el artículo 1° de la Resolución ENRE N° 908/2005 estableciendo la siguiente redacción del citado artículo: “Determinar que el módulo en MVAr a remunerar y sancionar a “TRANSENER S.A.” conforme a los valores establecidos en los Anexos I y V del Acta Acuerdo aprobada por el Decreto P.E.N. N 1462/05, de cada uno de los Compensadotes Sincrónicos de la E.T. Ezeiza es de 245 MVAr”.
ARTICULO 3.- Instruir a CAMMESA a que realice el ajuste de la remuneración de “TRANSENER S.A.” a partir del 1 de junio de 2005, en concepto de conexión y capacidad conforme la modificación realizada precedentemente, y a liquidar los intereses correspondientes a las facturaciones que surjan por la aplicación de la Resolución ENRE 908/2005 considerando, para el cálculo de los intereses, que las facturas correspondientes a los meses junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre, vencieron a los treinta y nueve (39) días contados a partir del último día del mes a que se refieren las transacciones facturadas.
ARTICULO 4.- No hacer lugar a la solicitud efectuada por la recurrente vinculada a la liquidación de los montos resultantes conforme lo establecido en el punto III del artículo 4° de la citada Resolución, con más los intereses aplicables conforme los términos del capítulo V de los Procedimientos devengados a partir del 1° de junio de 2005 hasta la fecha del efectivo pago.
ARTICULO 5.- “TRANSENER S.A.” deberá en el plazo de cinco (5) días hábiles administrativos contados a partir de notificado el presente acto, confirmar o desistir del Recurso de Alzada incoado en virtud de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente Resolución.
ARTICULO 6.- Notifíquese a “TRANSENER S.A.” y a CAMMESA.
ARTICULO 7.- Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCION ENRE N° 089/2006
ACTA N° 837Julio César Molina,
Vocal Segundo.-
Marcelo Baldomir Kiener,
Vocal Primero.-
Ricardo Alejandro Martínez Leone,
Vicepresidente.-
Citas legales: | Resolución ENRE 908/2005 
Resolución ENRE 462/2001 
Decreto 1462/2005 
Ley 19.549 
Ley 24.065 - artículo 02 
Ley 24.065 - artículo 40 
Ley 24.065 - artículo 41 
Ley 24.065 - artículo 42 
Ley 24.065 - artículo 43 
Ley 24.065 - artículo 44 
Ley 24.065 - artículo 45 
Ley 24.065 - artículo 46 
Ley 24.065 - artículo 47 
Ley 24.065 - artículo 48 
Ley 24.065 - artículo 49 
Ley 24.065 - artículo 56 
Acta ENRE 837/2006  |
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