Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Resolución ENRE 0112/1997. Boletín Oficial n° 28.584, miércoles 12 de febrero de 1997, p. 10.
Citas Legales : Ley 24.065, Contrato de concesión (Edenor S.A.) - subanexo 4, Contrato de concesión (Edesur S.A.) - subanexo 4, Contrato de concesión (Edelap S.A.) - subanexo 4, Resolución ENRE 0025/1993, Resolución ENRE 0025/1993 - anexo II, Ley 24.065 - artículo 56 incisos a); b); r) y s), Ley 24.065 - artículo 63 inciso g)
(Nota del Centro de Documentación: derogada por Resolución ENRE 2/98 )
 BUENOS AIRES, 4 DE FEBRERO DE 1997
VISTO: La ley Nº 24.065, el Subanexo 4 - Normas de Calidad del Servicio Público y Sanciones - de los Contratos de Concesión de las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." y la Resolución ENRE Nº 25/93, y
CONSIDERANDO:
Que el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es el encargado de controlar la prestación del servicio y el fiel cumplimiento de las pautas de calidad establecidas, en los Contratos de Concesión;
Que con fecha 31 de agosto de 1993, el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, dictó la Resolución ENRE Nº 25/93 que en su Anexo II contiene la Base Metodológica para el Control de la Calidad del Servicio Comercial;
Que en base a la experiencia desarrollada en la aplicación de la antes mencionada Resolución y en consideración a la implementación de nuevos y modernos sistemas comerciales en las citadas Distribuidoras se hace necesario dictar modificaciones y normas complementarias de la misma a fin de hacer más ágiles y efectivas las acciones de evaluación y control;
Que a los efectos de ejecutar dicha tarea resulta conveniente delegar en el Responsable del Area Control de Contratos de Concesión de Servicios Públicos la facultad de aprobar las nuevas normas de procedimiento para el intercambio de información relativa a los indicadores de calidad del servicio comercial que modifiquen o complementen las incluidas en la referida Base Metodológica establecida en la Resolución ENRE Nº 25/93;
Que por otra parte y para lograr mayor eficiencia en la gestión, es preciso modificar la periodicidad de los informes que las Distribuidoras deben remitir;
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra facultado para el dictado del presente acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 56, incisos a), b), r) y s) y 63 inciso g) de la ley 24.065;
Por ello: EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Modifícase la periodicidad mensual con que las empresas Distribuidoras "EDENOR S.A.", "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A." deben remitir al ENRE la información establecida en la Base Metodológica para el Control de la Calidad del Servicio Comercial aprobadas mediante Resolución ENRE 25/93, la que a partir del 1° de enero de 1997 deberá ser trimestral, debiendo las Distribuidoras remitir dentro de los 15 primeros días hábiles administrativos de los meses de abril, julio, octubre y enero del año subsiguiente, la información correspondiente a los trimestres primero a cuarto respectivamente.
ARTICULO 2.- Delegar en el Responsable del Area Control de Contratos de Concesión de Servicios Públicos, la facultad de aprobar las nuevas normas de procedimiento para el intercambio de información relativa a los indicadores de calidad del servicio comercial que modifiquen o complementen las incluidas en la referida Base Metodológica establecida en la Resolución ENRE Nº 25/93.
ARTICULO 3.- Notifíquese a EDENOR S.A., "EDESUR S.A." y "EDELAP S.A."
ARTICULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Resolución ENRE Nº 112/97
Acta Nº 309 Carlos A. Mattausch
Presidente.
Citas legales: | Resolución ENRE 25/93 
Ley 24.065 - artículo 56 
Ley 24.065 - artículo 63 
Contrato de concesión (Edenor S.A.) 
Contrato de concesión (Edesur S.A.) 
Contrato de concesión (Edelap S.A.)  |
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