Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Resolución ENRE 0116/2005. (no publicada en B.O.) , jueves 3 de marzo de 2005, 2 p..
Citas Legales : Contrato de locación de obra (Atec S.A./London Economics Inc. - ENRE), Contrato de locación de obra (Atec S.A./London Economics Inc. - ENRE) - cláusula 10.3., Ley 19.549 - artículo 07 inciso d), Ley 24.065 - artículo 55, Ley 24.065 – artículo 56 inciso s)
Expediente Citado : ENRE 09361/2001
(Nota: reclamo por gastos de mantenimiento de contrato rechazado por Resolución ENRE 412/05 )
 BUENOS AIRES, 3 DE MARZO DE 2005
VISTO: El Expediente ENRE N° 9.361/2001 en el que tramitó la gestión contractual de los trabajos realizados por ATEC S.A./LONDON ECONOMICS INC. (UTE), y
CONSIDERANDO:
Que a raíz de las normas dictadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL en el contexto de la emergencia pública en materia social, económica, administrativa, financiera y cambiaria declarada por el CONGRESO DE LA NACIÓN, se debió suspender la ejecución del contrato celebrado con ATEC S.A./LONDON ECONOMICS INC. (UTE);
Que la cláusula 10.3 del contrato mencionado, establece que en caso de que las tareas requeridas quedasen suspendidas por más de 45 (cuarenta y cinco) días, cualquiera de las partes puede resolverlo;
Que las causas de fuerza mayor que determinaron la suspensión se han mantenido por un plazo que excede el estipulado contractualmente;
Que las circunstancia mencionada amerita la conveniencia de concluir una situación indefinida como la mantenida hasta la fecha;
Que como consecuencia de ello el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD se encuentra habilitado para proceder a la rescisión;
Que corresponde, proceder a la devolución de las garantías constituidas a favor de este ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD,
Que se ha emitido el dictamen jurídico previo; contemplado en el artículo 7°, inciso d) de la Ley N° 19.549.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es competente para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto por los artículos 55 y 56 inciso s) de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Declarar rescindido el contrato celebrado con ATEC S.A./LONDON ECONOMICS INC. (UTE) por razones de fuerza mayor, procediendo a la devolución de las garantías otorgadas por ATEC S.A./LONDON ECONOMICS INC. (UTE).
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a ATEC S.A./LONDON ECONOMICS INC. (UTE)
ARTICULO 3 .-Regístrese, comuníquese y archívese.
RESOLUCION ENRE Nº 116/2005
ACTA Nº 757Jorge Daniel Belenda,
Vocal Tercero.-
Julio César Molina,
Vocal Segundo.-
Marcelo Baldomir Kiener,
Vocal Primero.-
Ricardo Alejandro Martínez Leone,
Vicepresidente.
Citas Legales: | Ley 19.549 
Decreto 1759/72 (t.o. 1991) 
Ley 24.065 - artículo 55 
Ley 24.065 - artículo 56 
Acta ENRE 757/2005  |
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