Argentina. [Régimen de asignaciones familiares (1996)]
Decreto 1591/2008. Boletín Oficial n° 31.503, viernes 3 de octubre de 2008, pp. 5-6.
Citas Legales : Ley 23.272, Ley 24.714, Ley 24.714 - artículo 19, Decreto 01245/1996, Decreto 00368/2004, Decreto 01691/2004, Decreto 00886/2005, Decreto 01134/2005, Decreto 00033/2007, Decreto 01345/2007, Decreto 00337/2008, Constitución nacional - artículo 099 inciso 02)
BUENOS AIRES, 2 DE OCTUBRE DE 2008
- FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Sergio T. Massa.
- Carlos A. Tomada.
Citas legales: | Ley 24.714 
Decreto 1245/96 
Decreto 1691/04 
Decreto 1134/05 
Decreto 0033/07 
Decreto 1345/07 
Decreto 0337/08 
Constitución Nacional - artículo 99  |
ANEXO I Montos de Asignaciones Familiares para trabajadores en relación de dependencia
y beneficiarios de la Ley de Riesgos del Trabajo

Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1, Zona 2, Zona 3 o Zona 4.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Río Negro y Neuquén; en los Departamentos Bermejo, Ramón Lista y Matacos en Formosa; Departamento Las Heras (Distrito Las Cuevas); Departamento Luján de Cuyo (Distritos Potrerillos, Carrizal, Agrelo, Ugarteche, Perdriel, Las Compuertas); Departamento Tupungato (Distritos Santa Clara, Zapata, San José, Anchoris); Departamento Tunuyán (Distrito Los Arboles, Los Chacayes, Campo de los Andes); Departamento San Carlos (Distrito Pareditas); Departamento San Rafael (Distrito Cuadro Venegas); Departamento Malargüe (Distritos Malargüe, Río Grande, Río Barrancas, Agua Escondida); Departamento Maipú (Distritos Russell, Cruz de Piedra, Lumlunta, Las Barrancas); Departamento Rivadavia (Distritos El Mirador, Los Campamentos, Los Arboles, Reducción, Medrano) en Mendoza; Orán (excepto la ciudad de San Ramón de la Nueva Orán y su ejido urbano) en Salta.
Zona 2: Provincia del Chubut.
Zona 3: Departamento Antofagasta de la Sierra (actividad minera Catamarca); Departamentos Cochinoca, Humahuaca, Rinconada, Santa Catalina, Susques y Yavi (Jujuy); Departamentos Los Andes, Santa Victoria, Rivadavia y Gral. San Martín (excepto la ciudad de Tartagal y su ejido urbano en Salta.
Zona 4: Provincias de Santa Cruz y Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.
ANEXO II
ANEXO III
Montos de Asignaciones Familiares para beneficiarios del Sistema Integrado de Jubilaciones y
Pensiones
VETERANOS DE GUERRA DEL ATLANTICO SUR: Los Beneficiarios de esta Pensión Honorífi- ca además de las asignaciones familiares antes detalladas, tienen derecho a las siguientes:
Valor General: Todo el país a excepción de las localidades comprendidas como Zona 1.
Zona 1: Provincias de La Pampa, Chubut, Neuquén, Río Negro, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur y el Partido de Patagones, Pcia. de Buenos Aires.
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