Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Resolución ENRE 0413/2004. Boletín Oficial n° 30.438, jueves 8 de julio de 2004, p. 38.
Citas Legales : Resolución DTEE 0125/2003 (formulación de cargos a Transnoa S.A), Contrato de concesión (Transnoa S.A.) - artículo 22 inciso a), Contrato de concesión (Transnoa S.A.) - subanexo II-B, Resolución ENRE 0182/2000, Contrato de concesión (Transnoa S.A.) - subanexo II-B - artículo 24, Resolución ENRE 0182/2000 - anexo II, Ley 24.065 - artículo 56 incisos a) y o), Ley 24.065 - artículo 63 incisos a) y g), Decreto 01759/1972 (t.o. 1991) - artículo 084, Decreto 01759/1972 (t.o. 1991) - artículo 094, Ley 24.065 - artículo 76, Ley 24.065 - artículo 81
Expediente Citado : ENRE 13722/2003

BUENOS AIRES, 1° DE JULIO DE 2004
VISTO: El Expediente ENRE N° 13722/2003, y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 64/74 del Expediente mencionado en el Visto, mediante Resolución DTEE Nº 125/03 se formularon cargos a la “TRANSPORTISTA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA REGIÓN DEL NOROESTE ARGENTINO S. A.” (TRANSNOA S.A.) por presuntos incumplimientos a lo dispuesto en el Artículo 22 inciso a) de su Contrato de Concesión y en el Anexo II-B de dicho contrato, consistentes en indisponibilidades programadas y forzadas de líneas y equipamiento de transformación y conexión ocurridas durante el mes de febrero de 2003.
Que a fojas 75 se notificó a la mencionada transportista de los cargos formulados, otorgándosele vista del presente Expediente y emplazándola a efectuar su descargo lo que cumplimentó mediante nota N° 329/03 (entrada ENRE N° 80067) obrante a fojas 76 del citado Expediente.
Que mediante dicha nota “TRANSNOA S.A.” manifiesta que no realiza observaciones a dicha notificación de cargos.
Que el valor provisorio de la tasa de falla calculada para el mes bajo análisis no supera el de 4 salidas-año cada 100 km, sin considerar las indisponibilidades forzadas de las líneas correspondientes a los meses que se encuentran en proceso de sanción.
Que sin perjuicio de ello, si al aplicar las sanciones de los meses pendientes de sanción la tasa de falla superara el valor referido, se duplicarán las sanciones aplicadas por el presente acto.
Que a partir del 26 de enero de 1999, se inició el segundo período tarifario de TRANSNOA S.A. determinándose por Resolución ENRE N° 182/2000 el nuevo cuadro tarifario aplicable a dicha transportista que determinara nuevos valores de los cargos por capacidad de transporte, transformación y conexión.
Que asimismo, mediante Resolución ENRE N° 182/2000 (obrante en el Expediente ENRE N° 5683/98), de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 24 del Anexo II-B de su Contrato de Concesión, se determinó el sistema de premios mensual con el objeto de procurar dar un mayor incentivo para que “La Transportista” opere y mantenga las instalaciones en condiciones de calidad acorde con las necesidades de los usuarios, asociado al desempeño por calidad de servicio logrado por la Transportista durante los doce meses anteriores al mes bajo análisis, a percibir por ésta durante su segundo período tarifario.
Que dicho sistema de premios refiere a valores proporcionales a los montos de las sanciones tomando como referencia el nivel de calidad registrado por TRANSNOA S.A. durante el primer período tarifario por lo que, en el Anexo II a la Resolución ENRE N° 182/2000 se definieron los coeficientes a aplicar para el cálculo de los premios durante el segundo período tarifario.
Que en el mencionado Anexo, en base al principio de proporcionalidad de pago, se definió la gestión de recaudación ante los agentes del Mercado Eléctrico Mayorista de los Recursos necesarios para abonar los premios mensuales a TRANSNOA S.A., la cual será efectuada por CAMMESA.
Que en esta oportunidad procede resolver sobre el incentivo resultante del desempeño registrado por la prestadora durante los doce meses anteriores al mes de febrero de 2003.
Que en el tratamiento de estas actuaciones se ha respetado el debido proceso y se ha producido el correspondiente dictamen técnico y legal.
Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD es competente para el dictado de la presente Resolución, en virtud de lo dispuesto por los Artículos 56 incisos a y o) y 63 incisos a) y g) de la Ley N° 24.065.
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTICULO 1.- Sancionar a TRANSNOA S.A. en la suma de PESOS CUATRO MIL TRESCIENTOS CON TRECE CENTAVOS ($ 4.300,13), correspondientes al mes de febrero de 2003, por incumplimiento del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal del Noroeste Argentino contenido en el Subanexo Il-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en el Anexo I a este acto del cual forma parte integrante.
ARTICULO 2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en el Anexo I a esta Resolución, efectúe los débitos correspondientes sobre la liquidación de venta de TRANSNOA S.A.
ARTICULO 3.- Determinar, en los términos de lo dispuesto en el artículo 24 del Anexo II-B del contrato de concesión de TRANSNOA S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 182/2000, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los doce meses anteriores al mes de febrero de 2003 en la suma de PESOS DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS UNO CON CINCUENTA Y OCHO CENTAVOS ($16.801,58) de acuerdo al detalle que se efectúa en el Anexo II a este acto del cual forma parte integrante.
ARTICULO 4.- Notifíquese a “CAMMESA” y TRANSNOA S.A.. Hágase saber que: a) se le otorga vista del Expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto Nº 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles administrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales.
ARTICULO 5.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
RESOLUCIÓN ENRE Nº 413/2004
ACTA Nº 704Jorge Daniel Belenda,
Vocal Tercero.-
Julio César Molina,
Vocal Segundo.-
Ricardo Alejandro Martínez Leone,
Vicepresidente.-

Citas legales: | Resolución ENRE 182/2000 
Resolución ENRE 023/1994 
Ley 24.065 - artículo 56 
Ley 24.065 - artículo 63 
Ley 24.065 - artículo 76 
Ley 24.065 - artículo 81 
Decreto 1759/72 (t.o. 1991) 
Ley 19.549 
Contrato de concesión 
Acta ENRE 704/2004  |
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