Argentina. Secretaría de Energía
Resolución SE 0229/2008. Boletín Oficial n° 31.399, miércoles 7 de mayo de 2008, p. 14.

Citas Legales : Ley 15.336 - artículo 37, Ley 25.924, Resolución MEyP 0037/2006, Resolución MEyP 0704/2006, Resolución SE 1359/2007

BUENOS AIRES, 30 DE ABRIL DE 2008.

    VISTO el Expediente Nº S01:0170203/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

    CONSIDERANDO:

    Que la empresa PAMPA HOLDING SOCIEDAD ANONIMA mediante nota de fecha 17 de mayo de 2007 perteneciente al Expediente del Visto, presenta a la SECRETARIA DE ENERGIA, TRES (3) proyectos de generación de energía eléctrica, y solicita al Señor Secretario de Energía tenga a bien declarar a tales proyectos como Obra de Infraestructura Crítica en los términos de la Ley Nº 25.924.

    Que el Señor Secretario de Energía, a través de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1359 de fecha 6 de noviembre de 2007, califica como Obra de Infraestructura Crítica, a un proyecto de Generación Termoeléctrica a Ciclo Abierto, de más de CIENTO SESENTA MEGAVATIOS (160 MW) alimentado con gas natural, cuya localización aún se encuentra en estudio, en función de los requerimientos técnicos que resulten necesarios.

    Que la empresa PAMPA HOLDING SOCIEDAD ANONIMA, a través del Expediente Nº S01:0455239/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS de fecha 21 de noviembre de 2007, declara que el proyecto de Generación Termoeléctrica a Ciclo Abierto, al que se hace referencia en el Artículo 1º, inciso c) de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1359 de fecha 6 de noviembre de 2007, se corresponde con el proyecto de construcción de la Central de Generación Eléctrica INGENTIS.

    Que el proyecto INGENTIS pertenece a la sociedad denominada INGENTIS SOCIEDAD ANONIMA, cuyo estatuto social constitutivo se presenta en el Expediente Nº S01:0353449/2007 agregado a Fs. 68 del Expediente citado en el visto, del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

    Que el inicio de la construcción según la declaración jurada de las manifestaciones y datos aportados en la presentación del proyecto, se realizó en el mes de septiembre de 2007 y el inicio de su operación comercial se prevé para el segundo trimestre de 2009.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

    Que la SECRETARIA DE ENERGIA está facultada para el dictado de la presente resolución en virtud de lo dispuesto por el Artículo 37 de la Ley Nº 15.336.

    Por ello,
    EL SECRETARIO DE ENERGIA
    RESUELVE:

    ARTICULO 1º.- Aclárase que el Proyecto de Generación calificado como obra de infraestructura crítica a los efectos previstos en el Artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 37 de fecha 6 de febrero de 2006, modificado por el Artículo 1º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nº 704 de fecha 11 de septiembre de 2006, que se presenta en el punto c) del Artículo 1º de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA Nº 1359 de fecha 6 de noviembre de 2007 se corresponde con el Proyecto INGENTIS, cuyos detalles técnicos se encuentran en el Expediente Nº S01:0353449/2007 agregado a Fs. 68 del Expediente citado en el visto.

    ARTICULO 2º.- Notifíquese a la empresa INGENTIS SOCIEDAD ANONIMA y a la SUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOS DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

    ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Citas legales:Resolución SE 1359/07 Biblioteca
Resolución MEyP 037/06 Biblioteca
Resolución MEyP 704/06 Biblioteca
Ley 15.336 Biblioteca
Ley 25.924 Biblioteca