Número/Dependencia | Fecha Publicación | Descripción |
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Decreto 0016/2022 Argentina. Leyes, etc. | 13/01/2022 | Argentina. Leyes, etc. Sector público. Trabajo a distancia por ahorro de energía. Resuélvese que a los fines de reducir el consumo de energía eléctrica, los días 13 y 14 de enero de 2022, a partir de las doce (12) horas, las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que se refiere el artículo 8° de la Ley 24.156 deberán realizar la prestación de servicios mediante la modalidad de prestacion de trabajo a distancia, en caso de que ello resulte posible, y se abstendrán de permanecer o concurrir a sus lugares habituales de trabajo. |
Decreto 0287/2021 Argentina. Leyes, etc. | 01/05/2021 | Argentina. Leyes, etc. Emergencia sanitaria. Medidas generales de prevención respecto de la Covid-19 que se aplicarán en todo el país, y disposiciones locales y focalizadas de contención de contagios. Medidas ante la verificación de determinados parámetros epidemiológicos, con el fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 para prevenir y contener su impacto sanitario. Las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 deberán priorizar la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo. La o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad comprendido en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 determinará los equipos de trabajadores y trabajadoras esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el adecuado funcionamiento del Sector Público Nacional. |
Decreto 0235/2021 Argentina. Leyes, etc. | 08/04/2021 | Argentina. Leyes, etc. Emergencia sanitaria. Medidas generales de prevención y disposiciones locales y focalizadas de contención, basadas en evidencia científica y en la dinámica epidemiológica, que deberán cumplir todas las personas, a fin de mitigar la propagación del virus SARS-CoV-2 y su impacto sanitario, hasta el 30 de abril de 2021, inclusive. Las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 deberán priorizar la prestación de servicios mediante la modalidad de teletrabajo. La o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad comprendido en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 determinará los equipos de trabajadores y trabajadoras esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el adecuado funcionamiento del Sector Público Nacional. Las y los titulares de las Empresas y Sociedades del Estado del inciso b) del artículo 8° de la Ley 24.156, definirán los equipos de personal y sectores que se desempeñaran con la modalidad de teletrabajo. |
Decisión administrativa JGM 0303/2021 Argentina. Jefatura de Gabinete de Ministros | 05/04/2021 | Argentina. Jefatura de Gabinete de Ministros Sector público, prorrógase el plazo establecido en el artículo 1° hasta el 9 de abril de 2021 inclusive y sustitúyese el artículo 2°, ambos de la Decisión administrativa JGM 280/2021 (estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, que incluyen la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive. La o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad comprendido en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 determinará los equipos esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el correcto y normal funcionamiento del Sector Público Nacional. Las y los titulares de las Empresas y Sociedades del Estado del inciso b) del artículo 8° de la Ley 24.156, definirán los equipos de personal y sectores que realizarán actividades remotas) |
Decisión administrativa JGM 0280/2021 Argentina. Jefatura de Gabinete de Ministros | 29/03/2021 | Argentina. Jefatura de Gabinete de Ministros Sector público. Establécese la estricta y prioritaria prestación de servicios mediante la modalidad de trabajo remoto para las y los agentes de todas las jurisdicciones, organismos y entidades del Sector Público Nacional a los que refieren los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156, que incluyen la Administración Central y los Organismos Descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las Instituciones de Seguridad Social y a las entidades públicas no estatales, respectivamente, hasta el 31 de marzo de 2021 inclusive. La o el titular de cada jurisdicción, organismo o entidad comprendido en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley 24.156 determinará los equipos esenciales que deberán prestar funciones en forma presencial, en tanto se trate de áreas críticas de prestación de servicios indispensables para la comunidad y para el correcto y normal funcionamiento del Sector Público Nacional. Las y los titulares de las Empresas y Sociedades del Estado del inciso b) del artículo 8° de la Ley 24.156, definirán los equipos de personal y sectores que realizarán actividades remotas. |
Decreto 1252/2007 Argentina. Leyes, etc. | 19/09/2007 | Argentina. Leyes, etc. Sector público. Homológase un Acta Acuerdo y Anexo de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional. |
Decreto 0757/2007 Argentina. Leyes, etc. | 25/06/2007 | Argentina. Leyes, etc. Administración pública. Homológanse Actas Acuerdos y sus respectivos Anexos, de fecha 22 de mayo de 2007, de las Comisiones Negociadoras de determinados Convenios Colectivos de Trabajo Sectorial. |
Decreto 0680/2006 Argentina. Leyes, etc. | 31/05/2006 | Argentina. Leyes, etc. Administración pública. Homológanse actas acuerdos y sus respectivos anexos, de fecha 10 de mayo de 2006, de las Comisiones Negociadoras de determinados Convenios Colectivos de Trabajo Sectorial. |
Decreto 0214/2006 Argentina. [Convenio colectivo de trabajo general para la Administración pública nacional (2006)] | 01/03/2006 | Argentina. [Convenio colectivo de trabajo general para la Administración pública nacional (2006)] Administración Pública Nacional. Homológase el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, celebrado entre el Estado Empleador y los Sectores Gremiales, con vigencia a partir del 2 de marzo de 2006. |