Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Resolución ENRE 0033/2010. Boletín Oficial n° 31.847, viernes 19 de febrero de 2010, p. 14.

Citas Legales : Resolución ENRE 0826/1996, Resolución ENRE 0069/2001, Ley 24.065 - artículo 11, Resolución ENRE 0497/2009, Resolución ENRE 0030/2004, Ley 19.549 - artículo 07 inciso d), Ley 24.065 - artículo 56 incisos a); j) y s), Ley 24.065 - artículo 63 inciso g)

Expediente Citado : ENRE 28361/2009

(Nota: servidumbre administrativa de electroducto, aprobado por Resolución ENRE 57/2013 Biblioteca)

BUENOS AIRES, 10 DE FEBRERO DE 2010

    VISTO: El Expediente ENRE Nº 28.361/2009, y

    CONSIDERANDO:

    Que la empresa “EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE S.A.” (“EDENOR S.A.”) presentó la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la realización de un conjunto de obras destinadas a la instalación y puesta en servicio de la nueva Subestación “Nordelta” 132/13,2 kV – 2x40 MVA, y su electroducto de alimentación.

    Que la ampliación fue encuadrada normativamente en el marco de la Resolución ENRE N° 826/1996, ampliada por la Resolución ENRE N° 69/2001, y el artículo 11 de la Ley 24.065.

    Que el objetivo de la nueva obra, de acuerdo a lo que señala la distribuidora en su nota de solicitud, es el de garantizar el suministro en condiciones adecuadas de calidad de servicio a los clientes existentes y futuros de la Ciudad Pueblo NORDELTA, emprendimientos y barrios aledaños; asimismo descargará las subestaciones BENAVÍDEZ, TIGRE, MASCHWITZ Y FORD, absorbiendo además el crecimiento de la demanda en el área.

    Que, adicionalmente, al homogeneizar la futura subestación con las instalaciones de última generación de “EDENOR S.A.”, se persigue la finalidad de otorgar mayor confiabilidad y seguridad al sistema eléctrico de la Provincia de BUENOS AIRES.

    Que la nueva subestación se conectará al electroducto en 132 kV N° 671 y N° 672 que une las subestaciones TALAR Y EDISON, ambas de “EDENOR S.A.”, distante DIEZ metros (10m) de la futura subestación, mediante un esquema de doble derivación, con interruptores de transformador; mientras que del lado de la media tensión se vinculará a la red de la distribuidora por medio de un tablero con un esquema de simple barra con acoplamiento longitudinal con 16 salidas a la red; también se prevé la instalación de dos bancos de capacitores de 6 MVAr cada uno, a conectar a cada una de las barras de 13,2 kV.

    Que la conexión a las ternas N° 671 – 672 en una primera etapa será realizada en forma aérea, y posteriormente será reemplazada por una conexión a través de cables subterráneos a la Subestación Talar.

    Que se observa en el mapa de densidades de demanda en la zona de influencia de la nueva Subestación NORDELTA presentado por “EDENOR S.A.”, que la densidad media alcanza hasta 2 MW/km2, previéndose un importante crecimiento puntual por una alta tasa de incorporación de nuevos clientes.

    Que el presupuesto estimado de las obras es del orden de PESOS VEINTIDOS MILLONES SETECIENTOS CUARENTA MIL ($ 22.740.000), con un plazo de ejecución estimado en VEINTIDÓS (22) meses.

    Que de conformidad con lo dispuesto por la Resolución ENRE N° 467/2009, el ENRE convocó a Audiencia Pública por medio de la Resolución N° 497/09 en los términos del artículo 11 de la Ley N° 24.065, la que tuvo lugar en las instalaciones de Cultura Tigre, Partido de TIGRE, Provincia de BUENOS AIRES, el día 19 de noviembre de 2009.

    Que la versión taquigráfica de la mencionada Audiencia Pública obra a fojas 255-265 del expediente del Visto.

    Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4° de la Resolución de convocatoria a Audiencia Pública, la empresa “EDENOR S.A.” presentó con la nota ingresada con el N° 162.094 (fojas 163-172), la constancia de inicio del trámite de autorización para construir la obra ante la Municipalidad de Tigre.

    Que se hicieron presentes en la Audiencia Pública los representantes de la empresa “EDENOR S.A.”, en su carácter de iniciadores, de la Subsecretaría de Planeamiento Urbano de la Municipalidad de TIGRE, del área de Política Ambiental del Gobierno de la Provincia de BUENOS AIRES, de la Asociación ACUCC y miembros del público en general.

    Que los representantes de “EDENOR S.A.” hicieron uso de la palabra para hacer una descripción detallada de la obra de ampliación, desde el punto de vista técnico, constructivo y ambiental, destacando las ventajas de la misma, ya expresadas en el tercer considerando.

    Que, asimismo, los representantes de “EDENOR S.A.” presentaron con una nota (fojas 212-251) las constancias que acreditan el cumplimiento del artículo 8° de la Resolución de convocatoria a Audiencia Pública, que disponía que esa empresa debía “difundir mediante folletería entre los usuarios de la zona donde tendrán impacto las obras, la realización de la Audiencia Pública y el objeto de la misma.”

    Que posteriormente hizo uso de la palabra el representante de la Asociación Coordinadora de Usuarios, Consumidores y Contribuyentes (ACUCC), quien efectuó algunas consultas sobre cuestiones de tipo técnico y ambiental de la nueva subestación, que posteriormente fueron respondidas por “EDENOR S.A.”

    Que también hizo uso de la palabra un vecino de la futura subestación, quien expresó su punto de vista en relación a la ubicación de la misma, lo que luego fue aclarado por un representante de “EDENOR S.A.”

    Que, finalmente, en nombre de la Municipalidad de TIGRE se expresó su representante, quien destacó que la empresa distribuidora deberá presentar ante el Municipio la documentación de obra correspondiente, una vez obtenido de este Ente el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, e hizo referencia al cumplimiento de determinadas características constructivas del edificio de la subestación, a la titularidad del predio que ésta ocupará, al programa de caminos de acceso que se utilizarán durante la obra, a cuestiones específicas de la distribución de conductores desde la subestación, y la obligatoriedad de cumplir con los trámites necesarios para la habilitación de la obra.

    Que no habiéndose presentado objeciones a la solicitud formulada por “EDENOR S.A.”, y entendiendo que la incorporación al sistema de esta nueva Subestación contribuirá a lograr una mejor calidad del servicio que presta esa distribuidora, corresponde el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la construcción de la Subestación NORDELTA 132/13,2 kV – 2x40 MVA, y su electroducto de alimentación.

    Que en el trámite de estas actuaciones se ha respetado el procedimiento de Audiencias Públicas aprobado por Resolución del ENRE N° 30/2004.

    Que se ha emitido el Dictamen legal de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 inciso d) de la Ley 19.549.

    Que el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICI-DAD es competente para el dictado de la presente Resolución en virtud de lo dispuesto en el artículo 11, 56 incisos a), j), y s), 63 inciso g) y concordantes de la Ley N° 24.065.

    Por ello:

    EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
    REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
    RESUELVE:

    ARTÍCULO 1.- Otorgar el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública solicitado por “EDENOR S.A.”, para la ampliación consistente en la instalación y puesta en servicio de la nueva Subestación “NORDELTA” 132/13,2 kV – 2x40 MVA, equipada con dos campos de transformador por donde ingresarán las líneas de alimentación, un tablero de 13,2 kV con un esquema de simple barra y acoplamiento longitudinal con 16 salidas a la red, y la instalación de dos bancos de capacitores de 6 MVAr cada uno, y un electroducto de alimentación en alta tensión mediante un esquema de doble derivación, con interruptores de transformador.

    ARTICULO 2.- Notifíquese a “EDENOR S.A.”, a la Municipalidad de TIGRE, y a las Asociaciones de Usuarios registradas en el RNAC.

    ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto por (1) día, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archivar.
    RESOLUCIÓN ENRE Nº 33/2010
    ACTA Nº 1084
    Marcelo Baldomir Kiener,
    Vocal Primero.-
    Enrique Gustavo Cardesa,
    Vocal Segundo.-
    Ing. Mario H .de Casas
    Presidente.
    Citas legales:Resolución ENRE 0030/2004 Biblioteca
    Resolución ENRE 0497/2009 Biblioteca
    Resolución ENRE 0826/1996 Biblioteca
    Resolución ENRE 0069/2001 Biblioteca
    Ley 19.549 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 11 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 56 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 63 Biblioteca
    Acta ENRE 1084/2010 Biblioteca
    Transcripción taquigráfica de la Audiencia pública realizada el 19/11/09:
    AP 2009-11-19.DOC