Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Acta de Intervención N° 1643. (no publicada en B.O.) , viernes 11 de diciembre de 2020, 15 p.

Citas Legales : Resolución ENRE 0075/2020, Resolución ENRE 0076/2020, Resolución ENRE 0077/2020, Resolución ENRE 0078/2020, Resolución ENRE 0079/2020, Resolución ENRE 0080/2020, Resolución ENRE 0081/2020, Resolución ENRE 0082/2020, Resolución ENRE 0083/2020

Expediente Citado : EX-2018-59826340-APN-SD#ENRE, ENRE 51323/2018, EX-2018-43085467-APN-SD#ENRE, ENRE 50026/2017, ENRE 50497/2018, ENRE 50518/2018, ENRE 50536/2018, ENRE 51011/2018, EX-2018-35172877-APN-SD#ENRE, EX-2019-10309216-APN-SD#ENRE, ENRE 32835/2010, ENRE 33136/2010, ENRE 33279/2010, ENRE 33485/2010, ENRE 33649/2011, ENRE 33915/2011, EX-2019-90052439-APNSD#ENRE, ENRE 48237/2017, EX-2020-09575434-APN-SD#ENRE, EX-2019-93862586-APN-SD#ENRE, ENRE 46160/2016, EX-2020-65525769-APN-SD#ENRE, EX-2019-104538001-APN-SD#ENRE



“2020 - Año del General Manuel Belgrano”
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
LEY N° 24.065
ACTA DE INTERVENCIÓN N° 1643

    En la ciudad de Buenos Aires, a los 11 días del mes de diciembre de 2020, siendo las 16:00 horas, con la intervención por la Secretaría del Directorio de la Dra. Silvia Aginsky, se labra esta acta a fin de dejar constancia que la Señora Interventora Dra. María Soledad Manin ha decidido dar tratamiento a los expedientes que se detalla a continuación:

    1.- EXPEDIENTE N° EX-2018-59826340-APN-SD#ENRE - TRANSPA S.A. -ANÁLISIS DE DESCARGOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS CLÁUSULA QUINTA DEL ACUERDO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACIÓN (EX SEE), EL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Y TRANSPA S.A., FIRMADO EL 25 DE ABRIL DE 2017 - DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

    2.- EXPEDIENTE ENRE N° 51.323/2018 (EX-2018-43085467-APN-SD#ENRE) - EDESUR S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CON ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA DISTRIBUIDORA CONTRA LA RESOLUCIÓN RESFC-2019-298-APN-DIRECTORIO#ENRE.

    3.- EXPEDIENTE N° 50.026/2017 Y LOS AGREGADOS N° 50.497/2018, N° 50.518/2018, N° 50.536/2018 Y N° 51.011/2018 (EX-2018-35172877-APN-SD#ENRE) - TRANSNEA S.A. - ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN EL RÉGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y LAS RESOLUCIONES DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 552/2016 Y Nº 580/2016 -PERÍODO FEBRERO A JUNIO 2017 INCLUSIVE.

    4.- EXPEDIENTE N° EX-2019-10309216-APN-SD#ENRE - EDESUR S.A. -ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO H) DEL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO DE SUMINISTRO, ARTÍCULO 9 BIS DE LA LEY Nº 22.802 Y ARTÍCULO 25 INCISOS A) E Y) DEL CONTRATO DE CONCESIÓN.

    5.- EXPEDIENTE ENRE Nº 32.835/2010 Y LOS AGREGADOS Nº 33.136/2010, Nº 33.279/2010, Nº 33.485/2010, Nº 33.649/2011 Y Nº 33.915/2011 (EX-2019-90052439-APN-SD#ENRE) - EDESUR S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA DISTRIBUIDORA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL ÁREA DE APLICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE NORMAS REGULATORIAS (AAANR) N° 12 DE FECHA 29 DE FEBRERO DE 2012.

    6.- EXPEDIENTE ENRE N° 48.237/2017 (EX-2020-09575434-APN-SD#ENRE) - ELECTROPATAGONIA S.A. - (CT) COMODORO RIVADAVIA - ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS EN MATERIA AMBIENTAL - PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2016.

    7.- EXPEDIENTE Nº EX-2019-93862586-APN-SD#ENRE - TRANSNEA S.A. - ANÁLISIS DE DESCARGO PRESENTADO POR LA TRANSPORTISTA ANTE PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY Nº 24.065 - (INICIO CONSTRUCCIÓN OBRA AMPLIACIÓN DEL EXPEDIENTE EX-2018-31192833-APN-SD#ENRE SIN CCYNP).

    8.- EXPEDIENTE ENRE N° 46.160/2016 (EX-2020-65525769-APN-SD#ENRE) - COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA (CEC) - ENERSA - CONTROVERSIA PLANTEADA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 72 DE LA LEY N° 24.065 - TARIFA DE PAFFT.

    9.- EXPEDIENTE Nº EX-2019-104538001-APN-SD#ENRE - TRANSENER S.A.- ANÁLISIS DE DESCARGO PRESENTADO ANTE PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LA CLÁUSULA QUINTA DEL ACUERDO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACIÓN (EX SEE), EL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Y TRANSENER S.A., FIRMADO EL 26 DE DICIEMBRE DE 2016 - DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

    La Señora Interventora, deja constancia que, con relación a los expedientes a tratar, de así corresponder, se dictarán resoluciones las que resultarán numeradas y datadas conforme al siguiente orden una vez firmadas a través del Sistema de Gestión Documental Electrónica (GDE), mencionándose los números de orden de los antecedentes que obren en el expediente electrónico, así como un breve resumen del objeto de la resolución dictada y la mención del expediente ENRE correspondiente, a sus efectos.

    1.- EXPEDIENTE N° EX-2018-59826340-APN-SD#ENRE - TRANSPA S.A. -ANÁLISIS DE DESCARGOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS CLÁUSULA QUINTA DEL ACUERDO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACIÓN (EX SEE), EL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Y TRANSPA S.A., FIRMADO EL 25 DE ABRIL DE 2017 - DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

    Resolución ENRE N° 75/2020, por la que se dispone: (i).- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) mediante la aplicación de una multa equivalente a CINCUENTA (50) veces la remuneración que recibió como cargo horario por capacidad de transporte para líneas de 132 kV por cada CIEN KILÓMETROS (100 km) (cargo vigente agosto 2019: PESOS DOS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON SEISCIENTOS DOS MILÉSIMOS -$ 2.261,602-), importe que asciende a la suma de PESOS CIENTO TRECE MIL OCHENTA CON UN CENTAVO ($ 113.080,01.-), por haber distribuido dividendos en el mes de mayo de 2018, correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, sin haber cumplido el procedimiento establecido para la previa evaluación y autorización del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), configurando un incumplimiento a lo previsto en la cláusula quinta del Acuerdo celebrado entre la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACIÓN (Ex SEE), el ENRE y TRANSPA S.A., firmado el 25 de abril de 2017, conforme a los fundamentos brindados en los considerandos de esta resolución.(ii).- TRANSPA S.A. deberá depositar el importe que se refiere el artículo 1 de la presente resolución dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente, en la Cuenta Corriente ENRE N° 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. (III).- TRANSPA S.A. deberá entregar ENRE copia, firmada por su representante o apoderado, de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo 2 de este acto, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. (IV).- Se hace saber que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Resolución ENRE Nº 23 de fecha 16 de marzo de 1994, no se dará trámite a los recursos si previamente no se hace efectiva la multa dispuesta en esta resolución. La mora se producirá de pleno derecho ante la falta de pago en tiempo y forma, correspondiendo en todos los casos el pago de intereses a la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días que establece el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA calculada para el lapso que va transcurre desde el momento en que las penalidades deben ser satisfechas conforme a los términos de la presente resolución y hasta la fecha de su efectivo e íntegro pago. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 32, 36 y 37 del EX-2018-59826340-APN-SD#ENRE.

    2.- EXPEDIENTE ENRE N° 51.323/2018 (EX-2018-43085467-APN-SD#ENRE) - EDESUR S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN CON ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA DISTRIBUIDORA CONTRA LA RESOLUCIÓN RESFC-2019-298-APN-DIRECTORIO#ENRE.

    Resolución ENRE N° 76/2020, por la que se dispone: (i).- Rechazar el pedido de suspensión de los efectos de la Resolución RESFC-2019-298-APN-DIRECTORIO#ENRE presentado por la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.). (ii).- Instruir a EDESUR S.A. a fin que calcule la multa resultante del artículo 1 de la Resolución RESFC-2019-298-APN-DIRECTORIO#ENRE, conforme los términos impartidos en la instrucción contenida en la Nota del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Nº 125.248 y su aclaratoria, la Nota ENRE N° 129.062, valorizada a la fecha del dictado de esa resolución y proceda a depositarla, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente, en la cuenta corriente ENRE N° 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 43 y 44 del EX-2018-43085467-APN-SD#ENRE.

    3.- EXPEDIENTE N° 50.026/2017 Y LOS AGREGADOS N° 50.497/2018, N° 50.518/2018, N° 50.536/2018 Y N° 51.011/2018 (EX-2018-35172877-APN-SD#ENRE) - TRANSNEA S.A. - ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN EL RÉGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y LAS RESOLUCIONES DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 552/2016 Y Nº 580/2016 -PERÍODO FEBRERO A JUNIO 2017 INCLUSIVE.

    Resolución ENRE N° 77/2020, por la que se dispone: (i).- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.) en la suma de PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON SESENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 3.872.675,64), por incumplimientos a lo dispuesto en el Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal contenido en el Subanexo II B de su Contrato de Concesión y las Resoluciones del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 552 de fecha 26 de octubre de 2016 y Nº 580 de fecha 9 de noviembre de 2016, durante el período comprendido entre los meses de febrero a junio del año 2017 inclusive, cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos IF-2020-09655183-APN-DTEE#ENRE, IF-2020-09656114-APN-DTEE#ENRE, IF-2020-09656774-APN-DTEE#ENRE, IF-2020-09657320-APN-DTEE#ENRE, IF-2020-09657919-APN-DTEE#ENRE y el total en el ANEXO IF-2020-09660486-APN-DTEE#ENRE. (ii).- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que, aplicando las sanciones previstas en el artículo 1 de este acto, efectúe el descuento correspondiente sobre la liquidación de venta de TRANSNEA S.A.. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 18, 25 y 33 del EX-2018-35172877-APN-SD#ENRE.

    4.- EXPEDIENTE N° EX-2019-10309216-APN-SD#ENRE - EDESUR S.A. -ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO ESTABLECIDO EN EL INCISO H) DEL ARTÍCULO 4 DEL REGLAMENTO DE SUMINISTRO, ARTÍCULO 9 BIS DE LA LEY Nº 22.802 Y ARTÍCULO 25 INCISOS A) E Y) DEL CONTRATO DE CONCESIÓN

    Resolución ENRE N° 78/2020, por la que se dispone: (i).- Sancionar a la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) por incumplimiento a lo establecido en el inciso h) del artículo 4 del Reglamento de Suministro, a las obligaciones dispuestas en la Ley N° 26.179 y el artículo 25 incisos a), x) e y) de su Contrato de Concesión y conforme a los puntos previstos 5.5.3.8 y 6.3, con una multa en pesos equivalente a VEINTICINCO MIL KILOVATIOS HORA (25.000 kWh), valorizados de conformidad con la instrucción contenida en la Nota del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 125.248 punto 7.1. y su aclaratoria, la Nota ENRE N° 129.062, valorizada a la fecha del dictado del presente acto. (ii).- El importe de la multa establecida en al artículo 1 deberá ser depositado por EDESUR S.A., dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de notificada la presente, en la cuenta abierta de conformidad a la Resolución ENRE Nº 42 de fecha 2 de junio de 2020, y deberá ser acreditado oportunamente a los “Usuarios activos” en los términos previstos en la citada resolución. Todo lo dispuesto en el presente artículo bajo apercibimiento de ejecución. (iii).-EDESUR S.A. deberá entregar al ENRE copia, firmada por representante o apoderado de la distribuidora, de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo anterior, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos contados a partir de efectuado el depósito, bajo apercibimiento de ejecución. (iv).- Notifíquese a EDESUR S.A. con copia del Informe Técnico (IF-2019-90820085-APN-DDCEE#ENRE), y hágase saber que: a) Se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de DIEZ (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; b) La presente resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: i) Por la vía del recurso de reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1.759/72 T.O. 2017, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos, así como también; ii) En forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del recurso de alzada previsto en el artículo 76 de la Ley Nº 24.065 y en el artículo 94 del citado reglamento, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos, y; iii) Mediante el recurso directo por ante la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL previsto en el artículo 81 de la Ley Nº 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales; c) De conformidad con lo prescripto en el punto 5.3 del Subanexo 4 del Contrato de Concesión de EDESUR S.A., la distribuidora podrá interponer los pertinentes recursos legales “luego de hacer efectiva la multa” por lo que en caso contrario los recursos deducidos se tendrán por no presentados; d) Todo lo dispuesto en la presente resolución es bajo apercibimiento de ejecución, y; e) Los recursos que se interpongan contra la presente resolución no suspenderán su ejecución y efectos (artículo 12 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549). En cualquier caso, los pagos posteriores al plazo estipulado en el presente acto deben efectuarse con más el interés resultante de aplicar la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, calculada para el lapso que va desde el momento en que las penalidades deben satisfacerse y hasta su efectivo pago. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 11, 12 y 21 del EX-2019-10309216-APN-SD#ENRE.

    5.- EXPEDIENTE ENRE Nº 32.835/2010 Y LOS AGREGADOS Nº 33.136/2010, Nº 33.279/2010, Nº 33.485/2010, Nº 33.649/2011 Y Nº 33.915/2011 (EX-2019-90052439-APN-SD#ENRE) - EDESUR S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA DISTRIBUIDORA CONTRA LA RESOLUCIÓN DEL ÁREA DE APLICACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE NORMAS REGULATORIAS (AAANR) N° 12 DE FECHA 29 DE FEBRERO DE 2012.

    Resolución ENRE N° 79/2020, por la que se dispone: (i).- Hacer lugar parcialmente al recurso de reconsideración interpuesto por la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESUR S.A.) contra la Resolución del Área de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias (AAANR) N° 12 de fecha 29 de febrero de 2012 y aumentar la sanción aplicada, en la suma de PESOS SETECIENTOS TREINTA CON TREINTA CENTAVOS ($ 730,30) de acuerdo al detalle efectuado en los Anexos IF-2019- 90025110-APN-DTEE#ENRE e IF-2019-9002633-APN-DTEE#ENRE. (ii).- Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que aplicando las sanciones que se detallan en los anexos antes citados, efectúe los débitos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por EDESUR S.A. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 4, 5, 12 y 13 del EX-2019-90052439-APN-SD#ENRE.

    6.- EXPEDIENTE ENRE N° 48.237/2017 (EX-2020-09575434-APN-SD#ENRE) - ELECTROPATAGONIA S.A. - (CT) COMODORO RIVADAVIA - ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS EN MATERIA AMBIENTAL - PRIMER SEMESTRE DEL AÑO 2016.

    Resolución ENRE N° 80/2020, por la que se dispone: (i).- Sancionar a ELECTROPATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA, con una multa de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000.-), de conformidad con lo dispuesto por el artículo 77 de la Ley Nº 24.065, por incumplimiento del Punto V.I del ANEXO a la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 555/2001, el artículo 1 de la Resolución ENRE N° 636/2004 y el artículo 5 de la Resolución del Área de Seguridad Pública y Ambiental (ASPA) N° 1/2012, durante el primer semestre del año 2016. (ii).- ELECTROPATAGONIA S.A. deberá depositar la suma indicada en el artículo precedente, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente, en la cuenta corriente ENRE N° 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. (iii).- ELECTROPATAGONIA S.A. deberá entregar al ENRE copia firmada por su representante o apoderado de la documentación respaldatoria del depósito referenciado en el artículo 2, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuados los mismos. (iv).- La mora se producirá de pleno derecho, ante la falta de pago en tiempo y forma, correspondiendo ante la misma, el pago de intereses a la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA calculada para el lapso de tiempo que transcurre desde la fecha en que las penalidades deben satisfacerse conforme a los términos de esta resolución, hasta la fecha de su efectivo e íntegro pago. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 3, 4 y 10 del EX-2020-09575434-APN-SD#ENRE.

    7.- EXPEDIENTE Nº EX-2019-93862586-APN-SD#ENRE - TRANSNEA S.A. - ANÁLISIS DE DESCARGO PRESENTADO POR LA TRANSPORTISTA ANTE PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 11 DE LA LEY Nº 24.065 - (INICIO CONSTRUCCIÓN OBRA AMPLIACIÓN DEL EXPEDIENTE EX-2018-31192833-APN-SD#ENRE SIN CCYNP).

    Resolución ENRE N° 81/2020, por la que se dispone: (i).- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.). en la suma de PESOS CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL ($ 144.000.-), por incumplimiento del artículo 11 de la Ley Nº 24.065, conforme las consideraciones desarrolladas en la presente resolución. (ii).- TRANSNEA S.A. deberá depositar el monto de la multa impuesta en el artículo 1 dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de este acto, en la cuenta corriente del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. (iii).- TRANSNEA S.A. deberá entregar al ENRE copia firmada por su representante o apoderado de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo 2 de este acto, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. (iv).- Se hace saber que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Resolución ENRE Nº 23 de fecha 16 de marzo de 1994, no se dará trámite a los recursos si previamente no se hacen efectivas las multas dispuestas en esta resolución. La mora se producirá de pleno derecho ante la falta de pago en tiempo y forma, correspondiendo en todos los casos el pago de intereses a la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA calculada para el lapso que va desde el momento en que las penalidades deben satisfacerse conforme lo estipulado en la presente resolución y hasta su efectivo pago. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 23, 27 y 28 del EX-2019-93862586-APN-SD#ENRE.

    8.- EXPEDIENTE ENRE N° 46.160/2016 (EX-2020-65525769-APN-SD#ENRE) - COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA (CEC) - ENERSA - CONTROVERSIA PLANTEADA EN LOS TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 72 DE LA LEY N° 24.065 - TARIFA DE PAFFT.

    Resolución ENRE N° 82/2020, por la que se dispone: (i).- Rechazar el planteo interpuesto por la COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS DE CONCORDIA LIMITADA (CEC), mediante Nota de Entrada N° 229.380, contra ENERGÍA DE ENTRE RÍOS SOCIEDAD ANÓNIMA (ENERSA), por el servicio de Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) que le brinda, sobre la base de lo expresado en considerandos precedentes. (ii).- Levantar la medida cautelar ordenada por este ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) mediante Nota ENRE N° 121.678, en atención al dictado de la Resolución RESOL-2017-372-APN-SECEE#MEM por parte de la SECRETARÍA DE ENERGÍA. (iii).- Hacer saber lo resuelto a la SECRETARÍA DE ENERGÍA con copia de la presente y de las presentaciones de las partes en estos actuados. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 4 y 5 del EX-2020-65525769-APN-SD#ENRE.

    9.- EXPEDIENTE Nº EX-2019-104538001-APN-SD#ENRE - TRANSENER S.A.- ANÁLISIS DE DESCARGO PRESENTADO ANTE PRESUNTO INCUMPLIMIENTO DE LA CLÁUSULA QUINTA DEL ACUERDO ENTRE LA EX SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACIÓN (EX SEE), EL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) Y TRANSENER S.A., FIRMADO EL 26 DE DICIEMBRE DE 2016 - DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS.

    Resolución ENRE N° 83/2020, por la que se dispone: (i).- Sancionar a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) mediante la aplicación de una multa equivalente a CINCUENTA (50) veces la remuneración que recibió como cargo horario por capacidad de transporte para líneas de 500 kV por cada CIEN KILÓMETROS (100 km) (cargo vigente agosto 2019: PESOS TRES MIL TREINTA Y NUEVE CON SETECIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MILÉSIMOS -$ 3.039,754-), importe que asciende a la suma de PESOS CIENTO CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE CON SETENTA CENTAVOS ($ 151.987,70.-), por haber distribuido dividendos en el mes de diciembre de 2018, correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, sin haber cumplido el procedimiento establecido en la cláusula quinta del Acuerdo, firmado el 26 de diciembre de 2016, celebrado entre la EX SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA NACION (SEE), el ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y TRANSENER S.A., conforme a los fundamentos brindados en los considerandos de esta resolución. (ii).- TRANSENER S.A. deberá depositar el importe que se refiere el artículo 1 de la presente resolución dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de la notificación de la presente, en la Cuenta Corriente ENRE N° 50/652 Recaudadora de Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de ejecución. (iii).- TRANSENER S.A. deberá entregar al ENRE copia firmada, por su representante o apoderado, de la documentación respaldatoria del depósito a que se refiere el artículo 2 de este acto, dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. (iv).- Se hace saber que de conformidad a lo dispuesto en el artículo 15 de la Resolución ENRE Nº 23 de fecha 16 de marzo de 1994, no se dará trámite a los recursos si previamente no se hace efectiva la multa dispuesta en esta resolución. La mora se producirá de pleno derecho ante la falta de pago en tiempo y forma, correspondiendo en todos los casos el pago de intereses a la tasa activa para descuento de documentos comerciales a TREINTA (30) días que establece el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA calculada para el lapso de tiempo que transcurre desde la fecha en que las penalidades deban ser satisfechas conforme a los términos de la presente resolución y hasta la fecha de su efectivo e íntegro pago. Se resguarda en Secretaría digitalización de los números de orden 24, 28 y 29 del EX-2019-104538001-APN-SD#ENRE.

    Los antecedentes, digitalizados en el sistema GDE correspondientes a las actuaciones tratadas en el presente Acta, son resguardados en Secretaría del Directorio.

    Siendo las 17:00 horas se labra este Acta, la que por Secretaría se pone a disposición para la firma de la Señora Interventora, quien, una vez la suscriba de conformidad, le dará en el sistema GDE una fecha que puede o no coincidir con la registrada en el encabezamiento de la presente.
    Dra. María Soledad Manin
    Interventora
    Ente Nacional Regulador de la Electricidad
    Citas legales:Resolución ENRE 0075/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0076/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0077/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0078/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0079/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0080/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0081/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0082/2020 Biblioteca
    Resolución ENRE 0083/2020 Biblioteca