Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Acta de reunión abierta y urgente de Directorio N° 1463. (no publicada en B.O.) , martes 7 de febrero de 2017, 16 p.
Citas Legales : Decreto 01172/2003, Decreto 01172/2003 - anexo VIII - artículo 12, Resolución ENRE 0080/2017, Resolución ENRE 0081/2017, Resolución ENRE 0082/2017, Resolución ENRE 0083/2017, Resolución ENRE 0084/2017, Resolución ENRE 0085/2017, Resolución ENRE 0086/2017, Resolución ENRE 0087/2017, Resolución ENRE 0088/2017, Resolución ENRE 0089/2017, Resolución ENRE 0090/2017, Resolución ENRE 0091/2017
Expediente Citado : ENRE 45631/2016, ENRE 45630/2016, ENRE 45630/2016, ENRE 45631/2016, ENRE 47300/2016, ENRE 47306/2016, ENRE 47308/2016, ENRE 47307/2016, ENRE 47302/2016, ENRE 47304/2016, ENRE 47303/2016, ENRE 47305/2016
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
LEY N° 24.065
ACTA DE REUNION ABIERTA Y URGENTE DEL DIRECTORIO N° 1463
En la ciudad de Buenos Aires, a los 7 días del mes de febrero de 2017, siendo las 14:00 horas, se reúnen en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, en Reunión Abierta y Urgente convocada por el señor Presidente, Ingeniero Ricardo Alejandro Martínez Leone, con el quórum de los Señores Directores: el Ingeniero Martínez Leone, la Dra. Marta Irene Roscardi, el Ingeniero Carlos Bastos y el Ingeniero Ricardo Héctor Sericano.
Los antecedentes, debidamente certificados, correspondientes a los puntos del Orden del Día de la fecha, son resguardados en Secretaría del Directorio. Asiste la Secretaria del Directorio, Dra. María Graciela Andina Silva de Alfano.
A continuación, preside el acto el señor Presidente, quien invita a considerar los puntos del Orden del Día, mencionando que la convocatoria correspondiente, conforme a los términos del Decreto PEN N° 1.172/2003, ha sido publicada en la página Web del ENRE, así como ha sido fijada en los lugares de acceso al público con fecha 6 de febrero de 2017.
Orden del Día:
1.- EDENOR S.A. - MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN ENRE N° 63/2017.
2.- EDESUR S.A. - MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN ENRE N° 64/2017.
3.- TRANSENER S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 66/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
4.- DISTROCUYO S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 68/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
5.- TRANSCO S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 69/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
6.- EPEN - RESOLUCIÓN ENRE N° 71/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
7.- TRANSBA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 73/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
8.- TRANSNEA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 75/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
9.- TRANSNOA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 77/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
10.- TRANSPA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 79/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Previo al tratamiento de los referidos puntos del Orden del día, se deja constancia que tal como fuera manifestado en la Reunión de Directorio correspondiente al Acta de Convocatoria N° 1420, y por las razones allí expuestas, el Señor Director, Ingeniero Ricardo Sericano, no toma intervención en las actuaciones vinculadas a EDENOR S.A., como así también se abstiene de suscribir las Resoluciones resultantes de las mismas, salvo las que tienen carácter regulatorio, que sientan criterios generales para ambas distribuidoras.
Asimismo, se deja constancia a efectos de su correspondiente Registro en Acta, que con fecha 1 de febrero de 2017, se dictaron dos Resoluciones que llevan N° 80 y N° 81, por las cuales, de oficio, en los términos de lo dispuesto por el artículo 101 del Decreto N°1883/1991 (texto ordenado) reglamentario de la Ley N° 19.549, se corrigieron errores materiales incurridos en las Resoluciones ENRE N° 63 y N° 64, ambas dictadas con fecha 31 de enero de 2017.
En relación a los temas del Orden del Día, los señores Directores, el día 6 de febrero de 2017, suscribieron un Acta en la cual fundamentaron las razones de urgencia para el tratamiento de dichos puntos, la que se transcribe a continuación: “BUENOS AIRES, 6 de febrero de 2017.- ACTA DE CONVOCATORIA A REUNION DE DIRECTORIO ABIERTA y URGENTE - ARTÍCULO 12 DEL ANEXO VIII AL DECRETO N° 1172/03 - Han sido elevados a consideración del Directorio los Expedientes ENRE N° 45.630/2016 y N° 45.631/2016, en cada uno de los cuales obra un proyecto de resolución por el que se propone modificar las Resoluciones ENRE N° 63 y N° 64, ambas de fecha 31 de Enero de 2017, por las que se aprobaron los valores tarifarios resultantes del proceso de Revisión Tarifaria Integral a aplicar por EDENOR S.A. y EDESUR S.A., respectivamente. Asimismo, se han elevado los Expedientes ENRE N° 47.300/2016, N° 47.306/2016, N° 47.308/2016, N° 47.307/2016, N° 47.302/2016, N° 47.304/2016, N° 47.303/2016 y N° 47.305/2016, en cada uno de los cuales obra un proyecto de resolución por el que se propone aprobar el detalle de las. instalaciones consideradas para el cálculo de los valores horarios a aplicar al equipamiento regulado, valores con vigencia a partir del 1 de febrero de 2017, que fueran determinados con fecha 31 de enero de 2017, en la Resolución ENRE N° 66/2017, para TRANSENER S.A; en la Resolución ENRE N° 68/2017, para DISTROCUYO S.A.; en la Resolución ENRE N° 69/2017, para TRANSCO S.A.; en la Resolución ENRE N° 71 2017, para EPEN ; en la Resolución ENRE N° 73/2017, para TRANSBA S.A.; en la Resolución ENRE N° 75/2017, para TRANSNEA S.A.; en la Resolución ENRE N° 77/2017, para TRANSNOA S.A. y en la Resolución ENRE N° 79/2017, para TRANSPA S.A.- Habiendo tomado intervención las Áreas técnicas competentes como así también la Asesoría Jurídica del ENRE, sin observaciones que formular a cada uno de los proyectos propuestos, convocamos para el día 7 de febrero de 2017 a las 13:30 horas a reunión Abierta y Urgente de Directorio a llevarse a cabo en la sede del ENRE. La presente acta, en razón de los fundamentos que contiene, integrará el Acta que se labre como consecuencia de la reunión que se convoca. Se deja constancia que, en virtud de la presente Convocatoria Abierta y Urgente, deberá rectificarse el número de la Convocatoria a Reunión Abierta de Directorio que fuera anteriormente publicada en la página Web del ENRE el día 1° de febrero de 2017 y convocada para el día 9 de febrero de 2017 a las 12 horas, correspondiéndole el N° 1464, a los efectos de guardar la correlatividad de la numeración de las Actas que se labren en consecuencia. Este Directorio tomó los recaudos administrativos correspondientes a los efectos de modificar, tanto en la página Web del ENRE, como en la publicidad de la Mesa de Entradas, y en los lugares de atención del público, lo expresado en el párrafo precedente.”.- Firmado: Ingeniero Ricardo Sericano, Vocal Tercero; Ingeniero Carlos Bastos, Vocal Primero; Doctora Marta Irene Roscardi, Vicepresidente e Ingeniero Ricardo Alejandro Martínez Leone, Presidente.
A continuación el Señor Presidente del Ente expresa que, habiéndose efectuado el análisis de las actuaciones en las que se han elevado los proyectos de Resolución, cuyos fundamentos están expresados en los considerandos de los mismos, entiende procedente dictar Resolución en los términos en que fueran propuestas.
Los señores Directores, entonces, dejan constancia que con relación a los puntos del Orden del Día, por así corresponder, en cada caso, se dictará resolución cuyo original numerado será incorporado al Acta a los efectos de su pertinente registro, mencionándose las fojas del Expediente donde constan los originales de las elevaciones anexas a la presente, las que se agregan al Acta en fotocopia certificada, así como un breve resumen del objeto de la Resolución dictada y la mención del Expediente ENRE correspondiente a sus efectos.-
RESOLUCIONES DICTADAS CON FECHA 1 DE FEBRERO DE 2017:
EDESUR S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 64/2017 - CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL
Resolución ENRE N° 80/2017. Por la misma se resuelve: (i) Modificar el Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 64/2017, de modo que, donde dice “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de febrero de 2017”, debe decir “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de noviembre de 2017”; y ii).- Modificar el Artículo 3 de la Resolución ENRE N° 64/2017, de modo que, donde dice “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de noviembre de 2017”, debe decir “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de febrero de 2017”. Se agrega la documentación de fojas 2049/2051 del EXPEDIENTE ENRE N° 45.631/2016.
EDENOR S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 63/2017 - CORRECCIÓN DE ERROR MATERIAL
Resolución ENRE N° 81/2017. Por la misma se resuelve: (i) .Modificar el Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 63/2017, de modo que, donde dice “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de febrero de 2017”, debe decir “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de noviembre de 2017”; y ii).- Modificar el Artículo 3 de la Resolución ENRE N° 63/2017, donde dice “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de noviembre de 2017”, debe decir “aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de febrero de 2017”. Se agrega la documentación de fojas 1640/1642 del EXPEDIENTE ENRE N° 45.630/2016.
A continuación se da tratamiento a los puntos del Orden del día de la presente Acta de Convocatoria.
1.- EDENOR S.A. - MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN ENRE N° 63/2017.
Resolución ENRE N° 82/2017. Por la misma se resuelve: (i) Sustituir el Anexo I de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO I de este acto del que forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Costo Propio de Distribución, para la Categoría T1-R Pequeñas Demandas Uso Residencial, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017, los que serán de aplicación a partir del 1º de febrero de 2018; (Iii) Sustituir el Anexo II de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO II de este acto del que forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Costo Propio de Distribución, para la Categoría T1-R Pequeñas Demandas Uso Residencial, que serán aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de noviembre de 2017; (iii) Sustituir el Anexo III de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO III de este acto del que forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Costo Propio de Distribución, para la Categoría T1-R Pequeñas Demandas Uso Residencial, que serán aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017; (iv) Sustituir el Anexo IV de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO IV de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDENOR S.A., aplicables a la Categoría T1-R, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017, b) rectificar el error material en los cargos variables de hora valle de los usuarios (T3 y peaje) con potencias mayores de 300 kW y modificar la leyenda de los usuarios G1 y G2, aclarando los límites de consumo; (v) Sustituir el Anexo V de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO V de este acto del cual forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDENOR S.A., aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017, a la Categoría T1-R, cuyo consumo de energía comparado con el registrado en igual período del año 2015, o en su defecto el primer año con historial de consumo posterior a dicho período, cumpla con las siguientes condiciones: a) se haya reducido en al menos DIEZ POR CIENTO (10%) y no más del VEINTE POR CIENTO (20%), b) se haya reducido en más del VEINTE POR CIENTO (20%); (vi) Sustituir el Anexo VI de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO VI de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los títulos de los cuadros tarifarios a efectos de facilitar su comprensión; b) eliminar los valores correspondientes a los bloques R1 a R6 de la Tarifa Social Sin Ahorro, por los consumos excedentes a 600 kWh/mes por no ser de aplicación; y c) corregir un error de tipeo en el cargo variable de tarifa social excedente a 600 kWh/mes; (vi) Sustituir el Anexo VII de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO VII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de incorporar para una mejor comprensión: a) los valores de cargo fijo en la columna de usuarios electro dependientes sin ahorro; y b) el valor del cargo fijo en la categoría R7 por los excedentes a 600 kWh/mes; (viii) Sustituir el Anexo VIII de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO VIII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDENOR S.A., aplicables a la Categoría T1-R Entidades de Bien Público, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017; (ix) Sustituir el Anexo IX de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO IX de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDENOR S.A., aplicables a la Categoría T1-R, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de marzo de 2017, b) rectificar el error material en los cargos variables de hora valle de los usuarios (T3 y peaje) con potencias mayores de 300 kW; y modificar la leyenda de los usuarios G1 y G2, aclarando los límites de consumo; (x) Sustituir el Anexo X de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO X de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDENOR S.A., aplicables, a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de marzo de 2017, a la Categoría T1-R, cuyo consumo de energía comparado con el registrado en igual período del año 2015, o en su defecto el primer año con historial de consumo posterior a dicho período, cumpla con las siguientes condiciones: I. se haya reducido en al menos DIEZ POR CIENTO (10%) y no más del VEINTE POR CIENTO (20%), II. se haya reducido en más del VEINTE POR CIENTO (20%), b) rectificar un error material de tipeo en los cargos variables aplicables a los usuarios que verifiquen un ahorro en sus consumos entre DIEZ POR CIENTO (10%) y VEINTE POR CIENTO (20%); (xi) Sustituir el Anexo XI de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO XI de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los títulos de los cuadros tarifarios a efectos de facilitar su comprensión; b) eliminar los valores correspondientes a los bloques R1 a R6 de la tarifa social sin ahorro, por los consumos excedentes a 600 kWh/mes por no ser de aplicación; y c) incorporar el valor del cargo fijo en la tarifa aplicable a los consumos excedentes de 600 kWh/mes para una mejor comprensión para su aplicación; (xii) Sustituir el Anexo XII de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO XII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de incorporar para su mejor comprensión: a) los valores de cargo fijo en la columna de usuarios electro dependientes sin ahorro; y b) el valor del cargo fijo en el bloque R7 por los excedentes a 600 kWh/mes; (xiii) Sustituir el Anexo XIII de la Resolución ENRE N° 63 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO XIII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDENOR S.A., aplicables a la Categoría T1-R Entidades de Bien Público, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de marzo de 2017; (xiv) Sustituir el Anexo XIV aprobado por la Resolución ENRE N° 63/2017, por el Anexo XIV de este acto del que forma parte integrante, a fin de reemplazar el Subanexo 1 “Régimen Tarifario - Cuadro Tarifario” del Contrato de Concesión de EDENOR S. A. , a los efectos de incorporar los bloques de consumo R8 y R9 en las categorías T1R y T1R “Entidades de Bien Público”; (xv) Sustituir el Anexo XV aprobado por la Resolución ENRE N° 63/2017, por el Anexo XV de este acto del que forma parte integrante, que sustituye el Subanexo 2 - “Procedimiento para la determinación del Cuadro Tarifario” del Contrato de Concesión de EDENOR S.A. a efectos de: a) incorporar los bloques de consumo R8 y R9 en las categorías T1R y T1R “Entidades de Bien Público”, y b) corregir el error material detectado en el Segundo Párrafo del “Procedimiento para la determinación del Cuadro Tarifario”, eliminando la siguiente frase: “ (Contratos a término entre el distribuidor y los generadores- en el momento que se habiliten las condiciones de mercado que permitan celebrar estos contratos), c) corregir el error material detectado en el título del inciso A) de dicho procedimiento, donde dice: “A) CÁLCULO DEL PRECIO DE LA POTENCIA Y ENERGÍA COMPRADA EN EL MERCADO MAYORISTA (MERCADO SPOT Y CONTRATOS A TÉRMINO)” debe decir: “A) CÁLCULO DEL PRECIO DE LA POTENCIA Y ENERGÍA COMPRADA EN EL MERCADO MAYORISTA”, d) corregir el error material del inciso A.1), donde dice. “Ppot = Pps * y1 + Ppc * y2 + CUSTp” debe decir: “Ppot = Pps + CUSTp”. Eliminando además las siguientes definiciones: “Ppc: Precio de la potencia en los contratos, expresado en $/kW-mes. El mismo incluye todos aquellos costos relacionados a la potencia comprada en el mercado a término que sean facturados a la Distribuidora, y no estén considerados en el contrato”. “y1: participación de la compra de potencia en el mercado spot o spot estabilizado, según corresponda, respecto al total de la potencia demandada”. “y2: participación de la compra de potencia bajo contratos, respecto al total de la potencia demandada”, e) en los incisos B.8.3), B.9.3), B.10.3) y B.11.3.), donde dice: “(Pps * y1 + Ppc * y2)” debe decir “Ppot”, f) corregir el error material detectado en el cuadro denominado “Parámetros y Ponderadores” obrante en el inciso E. Se agrega la documentación de fojas 1653/1726 del EXPEDIENTE ENRE N° 45.630/2016.
2.- EDESUR S.A. - MODIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN ENRE N° 64/2017.
Resolución ENRE N° 83/2017. Por la misma se resuelve: (i) Sustituir el Anexo I de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO I de este acto del que forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Costo Propio de Distribución, para la Categoría T1-R, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017, los que serán de aplicación a partir del 1º de febrero de 2018; (ii) Sustituir el Anexo II de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO II de este acto del que forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Costo Propio de Distribución, para las Categoría T1-R, que serán aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1º de noviembre de 2017; (iii) Sustituir el Anexo III de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO III de este acto del que forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Costo Propio de Distribución, para las Categoría T1-R, que serán aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017; (iv) Sustituir el Anexo IV de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO IV de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A., aplicables a la Categoría T1-R, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017, b) rectificar el error material en los cargos variables de hora valle de los usuarios (T3 y peaje) con potencias mayores de 300 kW; modificar la leyenda de los usuarios G1 y G2, aclarando los límites de consumo; y corregir el error de tipeo en el cargo por potencia adquirida de los usuarios de peaje; (v) Sustituir el Anexo V de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO V de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A., aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017, a la Categoría T1-R, cuyo consumo de energía comparado con el registrado en igual período del año 2015, o en su defecto el primer año con historial de consumo posterior a dicho período, cumpla con las siguientes condiciones: I. se haya reducido en al menos DIEZ POR CIENTO (10%) y no más del VEINTE POR CIENTO (20%), II. se haya reducido en más del VEINTE POR CIENTO (20%); b) corregir el error de tipeo en los cargos variables; (vi) Sustituir el Anexo VI de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO VI de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los títulos de los cuadros tarifarios a efectos de facilitar su comprensión; b) eliminar los valores correspondientes a los bloques R1 a R6 de la Tarifa Social sin ahorro, por los consumos excedentes a 600 kWh/mes por no ser de aplicación; y c) corregir un error de tipeo en el cargo variable de Tarifa Social excedente a 600 kWh/mes; (vii) Sustituir el Anexo VII de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO VII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de incorporar para una mejor comprensión: a) los valores de cargo fijo en la columna de usuarios Electro Dependientes sin ahorro y b) el valor del cargo fijo en la categoría R7 por los excedentes a 600 kWh/mes; (viii) Sustituir el Anexo VIII de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO VIII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A., aplicables a la Categoría T1-R Entidades de Bien Público, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de febrero 2017; (ix) Sustituir el Anexo IX de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO IX de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A., aplicables a la Categoría T1-R, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de marzo de 2017, y b) rectificar el error material en los cargos variables de hora valle de los usuarios (T3 y peaje) con potencias mayores de 300 kW; y modificar la leyenda de los usuarios G1 y G2, aclarando los límites de consumo; (x) Sustituir el Anexo X de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO X de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A., aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de marzo de 2017, a la Categoría T1-R, cuyo consumo de energía comparado con el registrado en igual período del año 2015, o en su defecto el primer año con historial de consumo posterior a dicho período, cumpla con las siguientes condiciones: I. se haya reducido en al menos DIEZ POR CIENTO (10%) y no más del VEINTE POR CIENTO (20%), II. se haya reducido en más del VEINTE POR CIENTO (20%); b) corregir el error material de tipeo en los cargos variables aplicables a los usuarios que verifiquen un ahorro en sus consumos entre DIEZ POR CIENTO (10%) y VEINTE POR CIENTO (20%); (xi) Sustituir el Anexo XI de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO XI de este acto del cual forma parte integrante, a fin de: a) modificar los títulos de los cuadros tarifarios a efectos de facilitar su comprensión; b) eliminar los valores correspondientes R1 a R6 de la Tarifa Social Sin Ahorro, por los consumos excedentes a 600 kWh/mes por no ser de aplicación; c) incorporar el valor del cargo fijo en la tarifa aplicable a los consumos excedentes de 600 kWh/mes; (xii) Sustituir el Anexo XII de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO XII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de incorporar para su mayor comprensión: a) los valores de cargo fijo en la columna de usuarios electro dependientes sin ahorro y b) el valor del cargo fijo en el bloque R7 por los excedentes a 600 kWh/mes.; (xiii) Sustituir el Anexo XIII de la Resolución ENRE N° 64 de fecha 31 de enero 2017, por el ANEXO XIII de este acto del cual forma parte integrante, a fin de modificar los valores del Cuadro Tarifario de EDESUR S.A., aplicables a la Categoría T1-R Entidades de Bien Público, con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a la cero hora del 1° de marzo de 2017; (xiv) Sustituir el Anexo XIV aprobado por la Resolución ENRE N° 64/2017, por el Anexo XIV de este acto del que forma parte integrante, a fin de reemplazar el Subanexo 1 “Régimen Tarifario - Cuadro Tarifario” del Contrato de Concesión de EDESUR S. A., a los efectos de incorporar los bloques de consumo R8 y R9 en las categorías T1R y T1R “Entidades de Bien Público”; (xv) Sustituir el Anexo XV aprobado por la Resolución ENRE N° 64/2017, por el Anexo XV de este acto del que forma parte integrante, que sustituye el Subanexo 2 - “Procedimiento para la determinación del Cuadro Tarifario” del Contrato de Concesión de EDESUR S. A. a efectos de: a) incorporar los bloques de consumo R8 y R9 en las categorías T1R y T1R “Entidades de Bien Público”, y b) corregir el error material detectado en el Segundo Párrafo del “Procedimiento para la determinación del Cuadro Tarifario”, eliminando la siguiente frase: “ (Contratos a término entre el distribuidor y los generadores- en el momento que se habiliten las condiciones de mercado que permitan celebrar estos contratos), c) corregir el error material detectado en el título del inciso A) de dicho procedimiento, donde dice: “A) CÁLCULO DEL PRECIO DE LA POTENCIA Y ENERGÍA COMPRADA EN EL MERCADO MAYORISTA (MERCADO SPOT Y CONTRATOS A TÉRMINO)” debe decir: “A) CÁLCULO DEL PRECIO DE LA POTENCIA Y ENERGÍA COMPRADA EN EL MERCADO MAYORISTA”, d) corregir el error material del inciso A.1), donde dice. “Ppot = Pps * y1 + Ppc * y2 + CUSTp” debe decir: “Ppot = Pps + CUSTp”. Eliminando además las siguientes definiciones: “Ppc: Precio de la potencia en los contratos, expresado en $/kW-mes. El mismo incluye todos aquellos costos relacionados a la potencia comprada en el mercado a término que sean facturados a la Distribuidora, y no estén considerados en el contrato”. “y1: participación de la compra de potencia en el mercado spot o spot estabilizado, según corresponda, respecto al total de la potencia demandada”. “y2: participación de la compra de potencia bajo contratos, respecto al total de la potencia demandada”, e) en los incisos B.8.3), B.9.3), B.10.3) y B.11.3.), donde dice: “(Pps * y1 + Ppc * y2)” debe decir “Ppot”, f) corregir el error material detectado en el cuadro denominado “Parámetros y Ponderadores” obrante en el inciso E. Se agrega la documentación de fojas 2052/2127 del EXPEDIENTE ENRE N° 45.631/2016.
3.- TRANSENER S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 66/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 84/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 66/2017, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 1936/1943 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.300/2016.
4.- DISTROCUYO S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 68/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 85/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 68/2017, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANONIMA (DISTROCUYO S.A.) contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 1254/1261 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.306/2016.
5.- TRANSCO S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 69/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 86/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 69/2017 con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL COMAHUE SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSCOMAHUE S.A.), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 895/902 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.308/2016.
6.- EPEN - RESOLUCIÓN ENRE N° 71/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 87/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 71/2017, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para el ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (EPEN), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 758/765 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.307/2016.
7.- TRANSBA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 73/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 88/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 73/2017 con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para la EMPRESA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 1472/1484 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.302/2016.
8.- TRANSNEA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 75/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 89/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 75/2017 con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NORESTE ARGENTINO SOCIDAD ANÓNIMA (TRANSNEA S.A.), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 1111/1118 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.304/2016.
9.- TRANSNOA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 77/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 90/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 77/2017, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 1489/1499 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.303/2016.
10.- TRANSPA S.A. - RESOLUCIÓN ENRE N° 79/2017. INSTALACIONES CONSIDERADAS PARA EL CÁLCULO DE LOS VALORES HORARIOS A APLICAR AL EQUIPAMIENTO REGULADO.
Resolución ENRE N° 91/2017. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar el Listado de Equipamiento considerado para el Cálculo de los Valores Horarios del Artículo 2 de la Resolución ENRE N° 79/2017, con vigencia a partir del 1° de febrero de 2017, para LA EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.), contenido en el ANEXO que integra la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 1418/1426 del EXPEDIENTE ENRE N° 47.305/2016.
Se deja constancia que, ni a la hora a la que fuera convocada la presente reunión, ni al momento de su inicio, ni durante su transcurso, se hizo presente persona alguna a presenciarla en los términos del Decreto PEN N° 1.172/2003.
No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 19:45 horas se levanta la sesión. Por Secretaría, conforme lo dispuesto por el RIFD se pone a disposición el Acta precedente, la que es suscripta de conformidad por los Señores Directores.Ing. RICARDO H. SERICANO,
Vocal Tercero.-
Ing. CARLOS MANUEL BASTOS
Vocal Primero.-
Dra. MARTA ROSCARDI,
Vicepresidente.-
Ing. RICARDO A. MARTINEZ LEONE,
Presidente.
Citas legales: | Convocatoria Acta N° 1463 
Decreto 01172/2003 
Resolución ENRE 0080/2017 
Resolución ENRE 0081/2017 
Resolución ENRE 0082/2017 
Resolución ENRE 0083/2017 
Resolución ENRE 0084/2017 
Resolución ENRE 0085/2017 
Resolución ENRE 0086/2017 
Resolución ENRE 0087/2017 
Resolución ENRE 0088/2017 
Resolución ENRE 0089/2017 
Resolución ENRE 0090/2017 
Resolución ENRE 0091/2017  |
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