Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Acta de reunión abierta de Directorio N° 1535. (no publicada en B.O.) , jueves 19 de julio de 2018, 19 p.
Citas Legales : Decreto 01172/2003, Decreto 01172/2003 - anexo VIII - artículo 12, Resolución ENRE 0201/2018, Resolución ENRE 0202/2018, Resolución ENRE 0203/2018, Resolución ENRE 0204/2018, Resolución ENRE 0205/2018, Resolución ENRE 0206/2018
Expediente Citado : ENRE 47758/2016, ENRE 47284/2016, ENRE 47603/2016, ENRE 47730/2016, ENRE 47959/2016, ENRE 48200/2017, ENRE 48380/2017, ENRE 47306/2016, ENRE 42779/2015, ENRE 45021/2016, ENRE 45021/2016
En la ciudad de Buenos Aires, a los 19 días del mes de julio de 2018, siendo las 16 horas, se reúnen en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, en Reunión Abierta convocada por la Vicepresidente del ENRE la Dra. Marta Irene Roscardi, con el quórum de los Señores Directores: el Ingeniero Andrés Chambouleyron, la Dra. Marta Irene Roscardi y la Doctora Laura Gisela Giumelli. Ausente con aviso el Ing. Ricardo Martínez Leone
Los antecedentes, debidamente certificados, correspondientes a los puntos del Orden del Día de la fecha, son resguardados en Secretaría del Directorio. Asiste la Secretaria Alterna del Directorio, Dra. Natalia Pavesi.
A continuación, preside el acto el Señor Presidente e invita considerar los puntos del Orden del Día, mencionando que la convocatoria correspondiente, conforme a los términos del Decreto N° 1.172/2003, ha sido publicada en la página Web del ENRE, así como ha sido fijada en los lugares de acceso al público con fecha 11 de julio de 2018.
Orden del día:
1.- TRANSBA S.A. - SOLICITUD DE ACCESO Y AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE A REQUERIMIENTO DE RÍO ENERGY S.A. PARA EL INGRESO DE LA CT GENERAL ROJO 150 MW Y LA CONSTRUCCIÓN DE LA ET SAN NICOLAS OESTE.
2.- TRANSENER S.A. - ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS AL RÉGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSIÓN, INCURRIDOS EN EL SEMESTRE JUNIO A NOVIEMBRE DE 2016.
3.- DISTROCUYO S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR EL ENTE REGULADOR DE ELECTRICIDAD DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 67/2017 Y N° 68/2017.
4.- HIDROELÉCTRICA EL CHOCÓN S.A.- ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS NCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y EN LA RESOLUCIÓN ENRE N° 111/2012 EN CUANTO A LOS SEGUROS OBLIGATORIOS.
5.- HIDROELÉCTRICA RÍO HONDO S.A. - ANÁLISIS DE PRESUNTOS NCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y EN LA RESOLUCIÓN ENRE N° 111/2012 EN CUANTO A LOS SEGUROS OBLIGATORIOS.
6.- HIDROELÉCTRICA TUCUMÁN S.A. - ANÁLISIS DE PRESUNTOS NCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y EN LA RESOLUCIÓN ENRE N° 111/2012 EN CUANTO A LOS SEGUROS OBLIGATORIOS.
Los señores Directores, dejan constancia que con relación a los puntos del Orden del Día, de así corresponder, se dictará resolución cuyos originales numerados serán incorporados al acta a los efectos de su pertinente registro, mencionándose las fojas de los expedientes donde constan los originales de las elevaciones anexas a la presente, cuyas copias certificadas son resguardadas en la Secretaría del Directorio, así como un breve resumen del objeto de la resolución dictada y la mención del expediente ENRE correspondiente a sus efectos.
A continuación, se da tratamiento a los puntos del Orden del día de la presente Acta de Convocatoria.
1.- TRANSBA S.A. - SOLICITUD DE ACCESO Y AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE A REQUERIMIENTO DE RÍO ENERGY S.A. PARA EL INGRESO DE LA CT GENERAL ROJO 150 MW Y LA CONSTRUCCIÓN DE LA ET SAN NICOLAS OESTE.
Resolución ENRE N° 201/2018, por la que se dispone: (i) Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) a requerimiento de la empresa RIO ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA, consistente en la instalación de la Central Térmica General Rojo de 150 MW y la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra consistente en la construcción de UNA (1) nueva estación transformadora 132 kV que se denominará ET San Nicolás Oeste, para lo cual se prevé la apertura de la actual línea de 132 kV Pergamino-San Nicolás, bajo jurisdicción de TRANSBA S.A., aproximadamente a DIECISÉIS KILÓMETROS (16 km) de la ET San Nicolás y la construcción de DOS (2) líneas, simple terna, de 132 kV de aproximadamente DOSCIENTOS METROS (200 m) de longitud, desde esta apertura hasta la nueva estación transformadora; (ii) La publicación dispuesta en el artículo 1 se deberá efectuar a través de un Aviso que se publicará en los portales de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) por el lapso de CINCO (5) días y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirán las obras proyectadas o en donde puedan afectar eléctricamente. Asimismo, se fija un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE o en el caso del Acceso, presente un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo; (iii) Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado, se considerará autorizado el Acceso y emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la Ampliación referidos en el artículo 1 de esta resolución; (iv) Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios o, respecto del acceso, se presentare un proyecto alternativo, se convocará a Audiencia Pública para analizarlas y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos; (v) El solicitante deberá incorporar en la ampliación todas las observaciones presentadas por CAMMESA y TRANSBA S.A. a efectos de garantizar el funcionamiento del Mercado Eléctrico Mayorista; (vi) Disponer que TRANSBA S.A. y RIO ENERGY S.A. deban firmar un Convenio de Conexión en la ET San Nicolás Oeste, estableciendo en el mismo las responsabilidades de operación y mantenimiento que correspondan a cada Empresa, en los términos del artículo 22 de la Ley N° 24.065. Se agrega la documentación de fojas del EXPEDIENTE ENRE N° 47.758/2016.
2.- TRANSENER S.A. - ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS AL RÉGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE EN ALTA TENSIÓN, INCURRIDOS EN EL SEMESTRE JUNIO A NOVIEMBRE DE 2016.
Resolución ENRE N° 202/2018, por la que se dispone: (i) Sancionar a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.) en la suma de PESOS DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CON CUARENTA Y DOS CENTAVOS ($ 19.634.694,42) correspondientes al periodo comprendido entre los meses de junio a noviembre de 2016, por incumplimientos del Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión contenido en el Subanexo II-B de su Contrato de Concesión, cuyo detalle, duración y montos de penalización se expresan en los Informes IF-2018-27212676-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27212567-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27212257-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27212145-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27211661-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27211493-APN-DTEE#ENRE y el total en el Informe IF-2018-27210288-APN-DTEE#ENRE; (ii) Instruir a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a que efectúe el débito de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE CON VEINTIOCHO CENTAVOS ($4.996.527,28) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por indisponibilidades de equipamiento propio de líneas y conexión/transformación, según se detalla en el Informe IF-2018-27210039-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 6 del Acuerdo SEE-ENRE-TRANSENER 2016-2017 relativo al Acta Acuerdo UNIREN-TRANSENER S.A., ratificada por Decreto N° 1.462/2005 y de conformidad con las proporciones detalladas en el Informe IF-2018-27209624-APN-DTEE#ENRE; (iii) Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CATORCE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y TRES CON CINCUENTA Y CINCO CENTAVOS ($1.914.583,55) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por incumplimientos incurridos por sus Transportistas Independientes al Régimen de Calidad de Servicio estipulado en el Anexo II de los Contratos de Electroducto respectivos, consistentes en indisponibilidades programadas de equipamiento de líneas, conexión y reactivos, según se detalla en el Informe IF-2018-27210039-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 6 del Acuerdo SEE-ENRE-TRANSENER 2016-2017 relativo al Acta Acuerdo UNIREN-TRANSENER S.A., ratificada por Decreto N° 1.462/2005, en los casos que corresponda; (iv) Instruir a CAMMESA a que efectúe el débito de PESOS UN MILLÓN CIENTO TREINTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS CON OCHENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 1.131.896,84) sobre la liquidación de ventas de TRANSENER S.A., por incumplimiento en cuanto a sus obligaciones respecto de la Supervisión a la Operación y Mantenimiento de sus Transportistas Independientes segúnse detalla en el Informe IF-2018-27210039-APN-DTEE#ENRE; (v) Instruir a CAMMESA para que informe al ENRE cuando complete la liquidación a favor de TRANSENER S.A. de la totalidad de los ingresos determinados en el Acuerdo SEE-ENRE-TRANSENER 2016-2017 relativo al Acta Acuerdo UNIREN-TRANSENER S.A. para el período semestral junio a noviembre de 2016; (vi) Instruir a TRANSENER S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en la Cláusula Sexta, apartado 6.1.3 del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual que fuera ratificada mediante Decreto N° 1.462/2005, destine a inversiones adicionales el importe de PESOS ONCE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS CON SETENTA Y CUATRO CENTAVOS ($11.591.686,74), correspondiente a equipamiento de conexión/salidas y reactivos, según se detalla en el Informe IF-2018-27210135-APN-DTEE#ENRE, ajustándose a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 6 del Acuerdo SEE-ENRE-TRANSENER 2016-2017 relativo al Acta Acuerdo UNIREN-TRANSENER S.A., ratificada por Decreto N° 1.462/2005 y de conformidad con las proporciones detalladas en el Informe IF-2018-27209624-APN-DTEE#ENRE; (vii) Establecer, en los términos de lo dispuesto en el artículo 27 del Subanexo II-B del Contrato de Concesión de TRANSENER S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 1.319/1998, con las modificaciones introducidas por el Acta Acuerdo en el punto 6.1.4, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la Transportista durante los DOCE (12) meses anteriores a cada uno de los meses comprendidos en el semestre junio a noviembre de 2016, respecto del nivel de calidad registrado en el primer período tarifario, que percibirá TRANSENER S.A. en la suma de PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL QUINIENTOS SETENTA Y UNO CON TRES CENTAVOS ($ 2.791.571,03) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Informes IF-2018-27211356-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27211149-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27211014-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27210844-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27210642-APN-DTEE#ENRE, IF-2018-27210469-APN-DTEE#ENRE e IF-2018-27209757-APN-DTEE#ENRE; (viii) Instruir a CAMMESA para que, a los efectos del pago del incentivo establecido en este acto, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte, cuyo total consta en el Informe IF-2018-27209757-APN-DTEE#ENRE, de acuerdo al procedimiento definido en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 1.319/1998 para ser acreditados sobre la liquidación de venta de TRANSENER S.A. Se agrega la documentación de fojas 121/132 y de fojas 337/374 del EXPEDIENTE ENRE N° 47284/16. Se deja constancia que el visto de la resolución menciona asimismo a los Expedientes ENRE N° 47603/16, 47730/16, 47959/16, 48200/17 y 48380/17.
3.- DISTROCUYO S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN INTERPUESTO POR EL ENTE REGULADOR DE ELECTRICIDAD DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN CONTRA LAS RESOLUCIONES ENRE N° 67/2017 Y N° 68/2017.
Resolución ENRE N° 203/2018, por la que se dispone: (i) Rechazar el recurso de reconsideración interpuesto por el ENTE REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD DE LA PROVINCIA DE SAN JUAN (EPRE) mediante Nota de Entrada N° 239.874 contra las Resoluciones ENRE N° 67/2017 y N° 68/2017. Se agrega la documentación de fojas 1.516/1.533 EXPEDIENTE ENRE N° 47.306/2016.
4.- HIDROELÉCTRICA EL CHOCÓN S.A.- ANÁLISIS DE DESCARGOS PRESENTADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y EN LA RESOLUCIÓN ENRE N° 111/2012 EN CUANTO A LOS SEGUROS OBLIGATORIOS.
Resolución ENRE N° 204/2018, por la que se dispone: (i) Hacer lugar parcialmente al descargo presentado por HIDROELÉCTRICA EL CHOCÓN S.A. contra la Resolución DPAEE Nº 9/2017 en relación a los cargos formulados por no acompañar los comprobantes de pago, y no hacer lugar en relación a la presentación fuera de término de las pólizas y sus certificados de cobertura en los términos expresados en los Considerandos del presente acto; (ii) Sancionar a HIDROELÉCTRICA EL CHOCÓN S.A. por incumplimiento a lo dispuesto en los artículos 26.1 y 48.5 de su Contrato de Concesión y la Resolución ENRE Nº 111/2012, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS VEINTISIETE MIL DIECISIETE CON 32/100 ($ 427.017,32); (iii) El importe de la multa establecida en el artículo precedente deberá ser depositado, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de su notificación, en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de aplicar el artículo 58.5 de su Contrato de Concesión, debiendo presentar en estas actuaciones la documentación respaldatoria del depósito correspondiente, firmada por su representante legal o apoderado dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. Se agrega la documentación de fojas 641/657 EXPEDIENTE ENRE N° 42.779/2015.
5.- HIDROELÉCTRICA RÍO HONDO S.A. - ANÁLISIS DE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y EN LA RESOLUCIÓN ENRE N° 111/2012 EN CUANTO A LOS SEGUROS OBLIGATORIOS.
Resolución ENRE N° 205/2018, por la que se dispone: (i) Ratificar en todos sus términos la Resolución DPAEE Nº 1/2018; (ii) Sancionar a HIDROELÉCTRICA RÍO HONDO S.A. por el incumplimiento de lo dispuesto en los Artículos 26.1 y 48.5 de su Contrato de Concesión y la Resolución ENRE Nº 111/2012; (iii) Establecer el monto de la sanción en la suma de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 19/100 ($ 46.595,19); (iv) El importe de la multa establecida en el artículo 3 de la presente resolución deberá ser depositado, dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de su notificación, en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de aplicar los Artículos 58.4 y 58.5 de su Contrato de Concesión, debiendo presentar en estas actuaciones la documentación respaldatoria del depósito correspondiente, firmada por su representante legal o apoderado dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. Se agrega la documentación de fojas 274/280 EXPEDIENTE ENRE N° 45.021/2016.
6.- HIDROELÉCTRICA TUCUMÁN S.A. - ANÁLISIS DE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS A LO DISPUESTO EN SU CONTRATO DE CONCESIÓN Y EN LA RESOLUCIÓN ENRE N° 111/2012 EN CUANTO A LOS SEGUROS OBLIGATORIOS.
Resolución ENRE N° 206/2018, por la que se dispone: (i) Ratificar en todos sus términos la Resolución DPAEE Nº 2/2018; (ii) Sancionar a HIDROELÉCTRICA TUCUMÁN S.A. por incumplimiento a lo dispuesto en los Artículos 26.1 y 48.5 de su Contrato de Concesión y a la Resolución ENRE Nº 111/2012, conforme lo establecido por el Artículo 58.2.6 del citado Contrato; (iii) Establecer el monto de la sanción en la suma de PESOS CIEN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y TRES CON 86/100 ($ 100.673,86); (iv) El importe de la multa establecida en el artículo 3 de la presente resolución deberá ser depositado dentro de los DIEZ (10) días hábiles administrativos contados a partir de su notificación, en la cuenta corriente ENRE 50/652 Recaudadora Fondos de Terceros N° 2.915/89 del BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA, Sucursal Plaza de Mayo, bajo apercibimiento de aplicar el Artículos 58.4 de su Contrato de Concesión, debiendo presentar en estas actuaciones la documentación respaldatoria del depósito correspondiente, firmada por su representante legal o apoderado dentro de los TRES (3) días hábiles administrativos siguientes de efectuado el mismo. Se agrega la documentación de fojas 279/285 EXPEDIENTE ENRE N° 45.022/2016.
Se deja constancia que no se hizo presente persona alguna a presenciarla en los términos del Decreto N° 1.172/2003.
No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 17 horas se da por finalizada la presente reunión. Por Secretaría, conforme lo dispuesto por el RIFD se pone a disposición el acta precedente, la que es suscripta de conformidad por los Señores Directores.
Ing. ANDRES CHAMBOULEYRON,
Presidente.
Dra. MARTA I. ROSCARDI,
Vicepresidente.-
Dra. LAURA G. GIUMELLI,
Vocal Tercero.
Citas legales: | Convocatoria Acta N° 1535 
Decreto 1172/2003 
Resolución ENRE 0201/2018 
Resolución ENRE 0202/2018 
Resolución ENRE 0203/2018 
Resolución ENRE 0204/2018 
Resolución ENRE 0205/2018 
Resolución ENRE 0206/2018  |
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