Ente Nacional Regulador de la Electricidad (Argentina)
Disposición ENRE 0064/2015. (no publicada en B.O.) , martes 11 de agosto de 2015, 6 p.
Citas Legales : Disposición ENRE 0016/2013, Disposición ENRE 0040/2010, Disposición ENRE 0065/2013, Ley 19.549 - artículo 07 inciso d), Ley 24.065 - artículo 56 incisos a) y s), Ley 24.065 - artículo 63 incisos a) y g), Norma ISO 9001, Nota SIGEN-SJPFEyM 1115/2014, Resolución SIGEN 0172/2014
Expediente Citado : ENRE 041883/2009
BUENOS AIRES, 11 DE AGOSTO DE 2015
VISTO el expediente ENRE N° 41.883, las Disposiciones N° 40/2010 “Política de Calidad Institucional del ENRE”, N° 16/2013 “Plan Estratégico ENRE 2013-2015” y N° 65/2013 de asignación de nuevas responsabilidades al Área de Planeamiento Administrativo y Control de Gestión, la Resolución SGN N° 172/2014 “Normas Generales de Control Interno”, la Nota SGN-SJPFEyM N° 1115/2014 “Relevamiento del estado de situación de la aplicación de las “Normas Generales de Control Interno””, la Ley N° 24.065 y el Decreto N° 1.398/1992 y
CONSIDERANDO:
Que las Normas Generales de Control Interno emitidas por la Sindicatura General de la Nación, establecen que se deben identificar y evaluar los riesgos relevantes que enfrenta un organismo en la persecución de sus objetivos ya sean de origen interno como externo.
Que el ENRE se comprometió en el marco de su Política de Calidad Institucional, Disposición N° 40/2010, a asumir una actitud proactiva mediante el uso de técnicas de prospectiva y estudio del entorno general y específico para identificar retos y necesidades, oportunidades o amenazas y detectar buenas prácticas aplicadas en otras organizaciones.
Que por ello, por la Disposición ENRE N° 65/2013 consideró, necesario desarrollar una política de Administración de Riesgos, que contemple una adecuada gestión y control del riesgo institucional y del riesgo asociado a la ejecución de los distintos procesos que lleva adelante el Ente, en el cumplimiento de su misión, objetivos y funciones, y que esté integrado en el planeamiento estratégico y operativo y en su cultura, con la finalidad de que sus servicios se presten con la calidad esperada y se minimicen los costos de la no calidad.
Que el ENRE dio respuesta el 12 de diciembre de 2014 al cuestionario de la SIGEN Nota SGN-SJPFEyNA N° 1115/2014, que contempla, entre otras, preguntas referidas a la forma en que el Ente encara el tema del Riesgo.
Que además, en la próxima versión de la Norma ISO 9001, prevista para su puesta en vigencia en el año 2015, se incorpora el enfoque basado en el riesgo y en las oportunidades, que establece que la organización identifique los riesgos y oportunidades, que pueden afectar al sistema de calidad y la conformidad del servicio, de manera que el sistema se pueda planificar en base a esa información, contemplando las acciones para el tratamiento del mismo para lograr los resultados previstos.
Que el Área de Planeamiento Administrativo en cumplimiento de lo instruido por este Directorio elevó una propuesta de Política de Administración de Riesgos.
Que se ha producido el Dictamen requerido por el artículo 7 inciso d) de la Ley N° 19.549.
Que, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Artículos 56 incisos a) y s), y 63 incisos a) y g) de la Ley N” 24.065, el Directorio del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD está facultado para el dictado del presente acto
Por ello,
EL DIRECTORIO DEL ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
DISPONE:
ARTICULO 1.- Apruébase la “POLÍTICA DE ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS” que como Anexo forma parte de la presente disposición.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese al personal y publíquese en la página Web.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese y archívese.
DISPOSICIÓN ENRE N° 64/2015Dr. Enrique Gustavo Cardesa,
Vocal Segundo.-
Ing. Luis Miguel Barletta,
Vicepresidente.-
Ing. Ricardo Martínez Leone,
Presidente.
Citas legales: | Resolución SGN 0172/2014 
Ley 19.549 
Ley 24.065 - artículo 56 
Ley 24.065 - artículo 63  |
ANEXO
POLÍTICA DE ADM ISTRACIÓN DE RIESGOS
El ENRE se compromete a administrar los riesgos que puedan afectar el cumplimiento de su misión y los objetivos que la Ley 24065 le establece, implementando mecanismos de control efectivos que actúen sobre las situaciones que puedan obstaculizar el normal desarrollo de sus funciones y procesos, definiendo los controles necesarios para mitigar los referidos riesgos y llevando adelante las acciones para su tratamiento, de acuerdo a los siguientes ejes,
1. Identificar, analizar, evaluar y tratar la diversidad de riesgos que enfrenta el Ente, para reducir las sorpresas y costos asociados y para aprovechar las oportunidades,
2. Alinear el riesgo aceptado y la estrategia. Evaluando, ante cada riesgo, las distintas alternativas de respuesta: evitar, reducir, compartir y aceptar
3. Fomentar la conciencia de la Administración del Riesgo en todos los niveles de la organización, compartiendo con el personal la implementación del control en los procesos que se llevan adelante, orientado al cumplimiento de los objetivos del Ente
GLOSARIO
Aceptar el riesgo: No adoptar acciones específicas para reducirlo. Decisión informada de aceptar las consecuencias y probabilidad de un riesgo en particular. Es el nivel de riesgo que la conducción de una organización está dispuesta a aceptar, luego de aplicados los controles para reducirlo.
Administración de Riesgos: Proceso por el cual una organización identifica, analiza y evalúa los riesgos que puedan afectar el logro de sus objetivos institucionales, y define e implementa los controles que permiten reducir tales riesgos hasta los niveles de tolerancia establecidos
Compartir el riesgo: Tercerizar actividades o contratar seguros en relación con la actividad que genera el riesgo. Se asocia con la forma de protección para disminuir las pérdidas que ocurran luego de la materialización de un riesgo, es posible realizarlo mediante contratos, seguros, cláusulas contractuales u otros medios que puedan aplicarse.
Evitar el riesgo: Suprimir las actividades que dan lugar al riesgo. Decisión para no estar implicado en una situación de riesgo, o la acción para retirarse de ella.
Impacto o consecuencia: Estimación de la pérdida o falta de beneficio que se produciría si se concretara determinado riesgo.
Reducir el riesgo: Adoptar acciones para reducir la probabilidad y/o el impacto del riesgo a través de actividades de control y decisiones de gestión.
Riesgo: Todo evento contingente que, de materializarse, puede impedir o comprometer el logro de los objetivos. Es la expresión de la probabilidad y del impacto de evento con el potencial de ejercer influencia en el logro de los objetivos de una organización.
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