Argentina. Secretaría de Energía
Resolución SE 1836/2007. (no publicada en B.O.) , martes 27 de noviembre de 2007, 3 p..

Citas Legales : Decreto 00186/1995 - artículo 08, Decreto 00432/1982 - artículo 1, Decreto 01142/2003 - artículo 09, Ley 15.336 - artículo 37, Ley 24.065, Ley 24.065 - artículo 35, Ley 24.065 - artículo 36, Ley 24.065 - artículo 85, Ley 25.561, Ley 26.077, Nota SE 1094/2007, Resolución SE 0220/2007, Resolución SE 2022/2005 - artículo 1, Resolución SE 2022/2005 - artículo 3
(Nota: requisitos ambientales que deberán cumplir lostitulares de Contratos de Abastecimiento que utilicen unidades de generación modulares, de rápida instalación y transportables o estacionarias, como generadores que desarrollan la actividad de Generación de Energía Eléctrica Distribuida, aprobados por Resolución SE 1049/2012 Biblioteca. Régimen remuneratorio de costos fijos a ser aplicado a partir de las transacciones económicas correspondientes al mes de febrero de 2013, remuneración de costos Variables (no combustibles) de los agentes generadores a partir de las transacciones económicas correspondientes al mes de febrero de 2013 y creación del concepto de remuneración adicional de los agentes generadores comprendidos, aprobado por Resolución SE 95/2013 Biblioteca)

BUENOS AIRES, 27 DE NOVIEMBRE DE 2007.

    VISTO el Expediente N° 0445533/2007 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, las Leyes n° 24.065, N° 25.561 y N° 26.077, y

    CONSIDERANDO:

    Que en el marco de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 220 de fecha 18 de enero de 2007, el ESTADO NACIONAL instruyó a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) a llevar a cabo una licitación para la contratación de equipos de generación a ser instalados en diversas localidades del TERRITORIO NACIONAL.

    Que la citada resolución prevé que las ofertas de generación que se encuadren en la misma contarán con Contratos de Abastecimiento MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), cuya definición y alcance se definen en la citada norma.

    Que por Nota de esta SECRETARIA DE ENERGIA N° 1.094 de fecha 12 de octubre de 2007, se autorizó, a partir del 1° de noviembre de 2007, el ingreso de ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) como Agente Generador del MERCADO MAYORISTA ELECTRICO, con carácter provisorio, como titular de las unidades o grupos de generación de energía eléctrica transportables o montadas sobre barcazas, a instalarse en distintas ubicaciones del TERRITORIO NACIONAL.

    Que en particular, en los Contratos de Abastecimiento MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), la parte vendedora será el Agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) cuya oferta haya sido aprobada por esta SECRETARIA DE ENERGIA, y que la parte compradora será el MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en su conjunto, representado por la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), con el objeto de satisfacer los requerimientos de demanda que se comercializan en el Mercado "Spot" de dicho Mercado a Precio Estacional.

    Que en ese sentido, dicha Compañía actuará en los términos establecidos en el Artículo 1° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 2.022 de fecha 22 de diciembre de 2005.

    Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado intervención a los efectos de su competencia, según lo establecido por el Artículo 9° del Decreto N° 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

    Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del Artículo 37 de la Ley N° 15.336 y los Artículos 35, 36 y 85 de la Ley N° 24.065, del Artículo 8° del Decreto N° 186 de fecha 25 de julio de 1995 y de lo dispuesto por el Artículo 1° Decreto N° 432 de fecha 25 de agosto de 1982.

    Por ello,
    EL SECRETARIO DE ENERGIA
    RESUELVE:

    ARTICULO 1°.- Instrúyese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), a suscribir con ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA), bajo los términos establecidos en el Artículo 1° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 2.022 de fecha 22 de diciembre de 2005, los Contratos de Abastecimiento MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) correspondientes a los emplazamientos que esta SECRETARIA DE ENERGIA comunicará específicamente.

    A los efectos establecidos en el presente artículo, se adjunta como ANEXO de la presente, el modelo de contrato a suscribir, cuyas condiciones particulares y adicionales de aplicación, serán determinadas por esta SECRETARIA DE ENERGIA en ocasión de informar los emplazamientos a los que les serán asignables.

    En vista de las condiciones particulares de las demandas a ser abastecidas por la generación contratada a través de la presente resolución, esta SECRETARIA DE ENERGIA instruirá oportunamente a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA) sobre los procedimientos a desarrollar para el control del cumplimiento de los objetivos definidos para estos equipos y sobre la metodología a implementar para la inclusión de los costos que demande esta operatoria en las Transacciones Económicas del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM).

    ARTICULO 2°.- Instrúyese al Agente Generador ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) a dar cumplimiento a lo establecido en "Los Procedimientos para la Programación, el Despacho de Cargas y el Cálculo de Precios (LOS PROCEDIMIENTOS)" para la habilitación comercial y demás requisitos que demande la operatoria de las unidades referidas en el artículo 1° de la presente resolución.

    ARTICULO 3°.- Instrúyese al Agente Generador ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA) a presentar a esta SECRETARIA DE ENERGIA para su aprobación, toda la información que sea requerida para el reconocimiento de los costos involucrados, conforme lo establecido en el Artículo 3° de la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 220 de fecha 18 de enero de 2007 y su liquidación contractual a que se hace referencia en el modelo de contrato que se adjunta como ANEXO para cada uno de los emplazamientos que se definen en el artículo 1° del presente acto.

    ARTICULO 4°.- Será de aplicación en todo lo que no se contraponga con lo definido en la presente norma lo establecido en la Resolución SECRETARIA DE ENERGIA N° 220 de fecha 18 de enero de 2007.

    ARTICULO 5°.- Facúltese al Señor Subsecretario de Energía Eléctrica a efectuar todas las comunicaciones que sea menester a los efectos de interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), resolviendo las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación de la presente resolución, se deberá entender que el Señor Subsecretario de Energía Eléctrica actúa en nombre de la SECRETARIA DE ENERGIA.

    ARTICULO 6°.- Notifíquese a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELECTRICO SOCIEDAD ANONIMA (CAMMESA), al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y a ENERGIA ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA (ENARSA).

    ARTICULO 7°.- Regístrese, comuníquese y archívese.
    RESOLUCION SE N° 1836
    anexo.pdf
    Citas legales:Resolución SEE 0061/1992 Biblioteca
    Resolución SE 0137/1992 Biblioteca
    Resolución SE 2022/2005 Biblioteca
    Resolución SE 0220/2007 Biblioteca
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    Decreto 00186/1995 Biblioteca
    Decreto 01142/2003 Biblioteca
    Ley 15.336 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 35 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 36 Biblioteca
    Ley 24.065 - artículo 85 Biblioteca