Argentina. Ministerio de Energía y Minería
Resolución MEyM 0219/2016. Boletín Oficial n° 33.480, miércoles 12 de octubre de 2016, p. 4.
Citas Legales : Decreto 00438/1992, Ley 26.844, Nota CNCPS 3186/2016, Resolución MEyM 0006/2016, Resolución MEyM 0006/2016 - artículo 07, Resolución MEyM 0007/2016, Resolución MEyM 0007/2016 - anexo I, Resolución MEyM 0028/2016, Resolución MEyM 0028/2016 - anexo I, Resolución MEyM 0028/2016 - anexo III, Resolución MEyM 0031/2016, Resolución MEyM 0006/2016, Ley 22.520 (t.o. 1992)
(Nota del Centro de Documentación: artículo 4º dejado sin efecto y apartado que dice "tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia" del anexo I, suprimido por la Resolución MEyM 204/2017 . Financiamiento de la Tarifa Social con la contribución de las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en relación a los usuarios domiciliados en dichas jurisdicciones, mediante mecanismos que oportunamente se implementen en cada una de ellas, aprobado por la Resolución ME 122/2018 )
CIUDAD DE BUENOS AIRES, 11 DE OCTUBRE DE 2016

Citas legales: | Resolución MEyM 0006/2016 
Resolución MEyM 0007/2016 
Resolución MEyM 0028/2016 
Resolución MEyM 0031/2016 
Decreto 00438/1992 
Ley 22.520 (t.o. 1992)  |
ANEXO I
CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD PARA SER BENEFICIARIO DE LA “TARIFA SOCIAL”
Criterios de inclusión en el beneficio
• Ser jubilado o pensionado o trabajador en relación de dependencia que perciba una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos Vitales y Móviles.
• Ser trabajador “monotributista” inscripto en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
• Ser beneficiario de una Pensión no Contributivas y percibir ingresos mensuales brutos no superiores a dos (2) veces el Salario Mínimo Vital y Móvil.
• Ser titular de programas sociales.
• Estar inscripto en el Régimen de Monotributo Social.
• Estar incorporado en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844).
• Estar percibiendo el seguro de desempleo.
• Ser titular de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
• Contar con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.
• Tener el titular o uno de sus convivientes una enfermedad cuyo tratamiento implique electrodependencia.
Criterios de exclusión del beneficio
• Registro de propiedad Inmueble - quedarán excluidos aquellos titulares de más de uno.
• Padrón de Automotores - quedarán excluidos aquellos cuyos modelos tengan hasta DIEZ (10) años de antigüedad. Este criterio no aplica a quienes posean certificado de discapacidad o electrodependencia.
• Embarcaciones de lujo - quedarán excluidos quienes posean aeronaves o embarcaciones de lujo
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