Argentina. Leyes, etc.
Decreto 0686/2008. Boletín Oficial n° 31.393, lunes 28 de abril de 2008, p. 4.
Citas Legales : Decreto 01343/1974, Decreto 00911/2006, Decreto 01906/2006, Decreto 01251/2007, Decreto 00289/1995, Ley 25.164, Ley 20.744 (t.o. 1976), Decreto 01906/2006, Decreto 00289/1995 - artículo 04
(Nota: artículo 1° sustituido por Decretos 151/09 , 1817/09 y 128/11 . Tabla de viáticos del Artículo 1º y sus modificatorios, sustituida por Decreto 1733/2011 , por Decreto 601/2014 , por Decreto 814/2014 , por Decreto 969/2015 y por Decreto 973/2016 )
BUENOS AIRES, 23 DE ABRIL DE 2008.

En el supuesto que los montos establecidos no fueran suficientes para atender los gastos en la localidad específica en la que se desenvuelva la comisión de servicios, el personal tendrá derecho al reintegro de los gastos efectivamente realizados mediante la rendición documentada del total de los mismos. En ningún caso se superará el VEINTE POR CIENTO (20%) de la suma establecida de conformidad con la zona en la que se desenvuelva la comisión.
ARTICULO 2°.- Modifícase el importe fijado en el Artículo 4º del Decreto Nº 289 del 27 de febrero de 1995, estableciéndolo en PESOS UN MIL ONCE ($ 1.011).
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
FERNANDEZ DE KIRCHNER. - Alberto A. Fernández. - Martín Lousteau.
Citas legales: | Decreto 1343/74 
Decreto 0289/95 
Decreto 0911/06 
Decreto 1906/06 
Decreto 1251/07 
Ley 20.744 (t.o. 1976) 
Ley 25.164 
Constitución Nacional - artículo 99  |
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