Argentina. Leyes, etc.
Decreto 0344/2002. Boletín Oficial n° 29.842, miércoles 20 de febrero de 2002, p. 1.

Citas Legales : Decreto 00023/2001, Decreto 00172/2002, Decreto 00172/2002 - artículo 01, Decreto 00023/2001 - artículo 01

BUENOS AIRES, 8 DE FEBRERO DE 2002.

    VISTO los Decretos Nros. 23 del 23 de diciembre de 2001 y 172 del 23 de enero de 2002, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante los citados decretos se dictaron normas vinculadas con las retribuciones del Presidente de la Nación y de los funcionarios que desempeñan cargos políticos en la órbita del PODER EJECUTIVO NACIONAL, fijando las mismas en la suma de PESOS TRES MIL ($ 3.000) mensuales como máximo.

    Que resulta necesario aclarar, por razones de necesidad y urgencia, aspectos vinculados con las citadas retribuciones.

    Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 3, de la Constitución Nacional.

    Por ello,
    EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
    EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
    DECRETA:

    Artículo 1º- Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 172/02, aclaratorio del artículo 1º del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001, por el siguiente:

    “ARTICULO 1º.- La retribución mensual que, por todo concepto, percibe el Presidente de la Nación, es de PESOS TRES MIL ($ 3.000) una vez practicadas las deducciones correspondientes a la seguridad social y las de carácter impositivo, previstas en la legislación vigente.”.

    Artículo 2º- Dése cuenta al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION.

    Artículo 3º- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
DUHALDE.- Jorge M. Capitanich.- Jorge L. Remes Lenicov.- Rodolfo Gabrielli.- Jorge R. Vanossi.-
Carlos F. Ruckauf.- José H. Jaunarena.- Alfredo N. Atanasof. - Graciela M. Giannettasio.-
Ginés M. González García.- José I. de Mendiguren.
Citas legales:Decreto 023/2001 Biblioteca
Decreto 172/2002 Biblioteca