ANEXO IX
ANEXO 10: BASE DE DATOS DIARIA
La información a suministrar consistirá en los datos previstos para los días siguientes a despachar.
a) Distribuidores y Grandes Usuarios: Previsión de demandas cada media hora para los días requeridos. Si el intervalo Spot es mayor que QUINCE (15) minutos, deberán también suministrar la demanda discriminada cada QUINCE (15) minutos para el período de pico y el período de crecimiento de demanda entre la banda horaria de valle y banda de horas restantes. En caso que algún agente no suministre la información de demanda con la discriminación indicada, el OED deberá completar los datos faltantes teniendo en cuenta las características típicas que surgen de los registros del SMEC.
b) Grandes Usuarios Mayores (GUMA): Ofertas de demanda flexible.
c) Generadores Hidráulicos de pasada y Eólicos: pronósticos de generación y/o potencia.
d) Generadores Hidráulicos en general: restricciones por requerimientos aguas abajo que afectan su despacho.
e) Generadores Térmicos: cualquier modificación en la cuota de gas y stock de combustible respecto a lo previsto en la programación semanal. Deberá informar además cualquier restricción que surja en las posibilidades de quemado de distintos tipo de combustibles en las máquinas.
f) Generadores en general: todo cambio a considerar respecto a la disponibilidad y PPAD informada vigente y a la capacidad de regulación de frecuencia y de tensión.
g) Transportistas: cualquier modificación a las condiciones vigentes en el equipamiento de transmisión, transformación y compensación.
h) Generadores y/o Transportistas: cualquier restricción que afecte el despacho, así como los motivos de dicha restricción.
i) Empresas con compromisos en el Control de Tensión y suministro de Reactivo: (Generadores, Distribuidores, Grandes Usuarios y Transportistas) Cualquier modificación en su disponibilidad prevista en el equipamiento involucrado. Generación forzada sin acuerdos.
j) Intercambios con Países Interconectados: requerimientos de exportación, ofertas de energía y/ o potencia y precio. Ofertas de importación (energía y/o potencia máxima).
k) Autogeneradores y Cogeneradores registrados: previsión de intercambio de potencia, saldo neto de energía previsto, y precio de venta requerido.