Ley 24.065 ® (texto completo)
ARTICULO 62.- El directorio formará quórum con la presencia de tres (3) de sus miembros, uno de los cuales será el presidente o quien lo reemplace y sus resoluciones se adoptarán por mayoría simple. El presidente, o quien lo reemplace, tendrá doble voto en caso de empate. | Decreto 1398/92 ® (texto completo)
ARTICULO 62.- Sin reglamentación. |