ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
LEY N° 24.065

ACTA DE REUNION ABIERTA DEL DIRECTORIO N° 1409

En la ciudad de Buenos Aires, a los 1 días del mes de abril de 2016, siendo las 11:30 horas, se reúnen en la sede del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD, en Reunión Abierta convocada por el señor Presidente, Ingeniero Ricardo Alejandro Martínez Leone, con el quórum de los Señores Directores: el Ingeniero Martínez Leone, la Dra. Marta Irene Roscardi, el Contador Juan Antonio Garade y el Ingeniero Ricardo Héctor Sericano. Ausente con aviso el Ingeniero Carlos Manuel Bastos.

Los antecedentes, debidamente certificados, correspondientes a los puntos del Orden del Día de la fecha, son resguardados en Secretaría del Directorio. Asiste la Secretaria del Directorio, Dra. María Graciela Andina Silva de Alfano.

A continuación, preside el acto el señor Presidente, quien invita a considerar los puntos del Orden del Día, mencionando que la convocatoria correspondiente, conforme a los términos del Decreto PEN N° 1.172/2003, ha sido publicada en la página Web del ENRE, así como ha sido fijada en los lugares de acceso al público con fecha 23 de marzo de 2016.

Orden del Día:

1.- DIRECCION PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES (DPEC) - SOLICITUD DE ACCESO A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE A REQUERIMIENTO DE ENARSA PARA LA CENTRAL TÉRMICA ITATÍ DE 6 MW.

2.- TRANSNOA S.A. - SOLICITUD DE EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE CONVENIENCIA Y NECESIDAD PUBLICA PARA LA AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE ECISTENTE A REQUERIMIENTO DE EDET S.A. CONSISTENTE EN UN NUEVO PUNTO DE CONEXIÓN DE 13,2 DENOMINADO “PRADERAS” EN LA ET TUTUMÁN OESTE.

3.- TRANSNOA S.A. - SOLICITUD DE AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE A REQUEMINEINTO DE LA EDESE S.A. CONSISTENTE EN LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE UN NUEVO TRANSFORMADOR DE 132/33/13,2 KV 30/30/30 MVA EN LA ET SANTIAGO CENTRO.

4.- TRANSNOA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y RECTIFICACIÓN INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 436/2015 (EN CUANTO AL DESTINO DEL TRANSFORMADOR).

5.- EDENOR S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 225/2015.

6.- TRANSBA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 379/2015.

7.- TRANSBA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 369/2012 (SEMESTRE DICIEMBRE 2010/MAYO 2011).

8.- TRANSBA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 226/2014 (SEMESTRE DICIEMBRE 2012/MAYO 2013).

9.- DISTROCUYO S.A. - ANÁLISIS DE DESCAROS FORMULADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS AL RÉGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL (SEMESTRE DICIEMBRE 2014/MAYO 2015).

10.- Y.P.F. S.A. POR LA CENTRAL TERMICA CHIHUIDO DE LA SIERRA NEGRA- RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 236/2012.

11.- TRANSPA S.A. - ANALISIS DE LOS CARGOS FORMULADOS POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR INVERSIONES EN LOS TERMINOS DEL ACTA ACUERDO- AÑOS 2009, 2010, 2011 Y 2012.

12.- FLEXO PLAS S.R.L. - EDENOR S.A.- TRATAMIENTO DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DE CALCULO TENIDA EN CUENTA PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PUREE (RESOLUCIÓN S.E. N° 745/2005) PARA SU SUMINISTRO DE LA CALLE CATRIEL N° 3.443 DE LA LOCALIDAD DE RAMOS MEJÍA, PARTIDO DE LA MATANZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

13.- DIAGNOSTICO MAIPU POR IMÁGENES S.A. - EDENOR S.A.- TRATAMIENTO DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DE CALCULO TENIDA EN CUENTA PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PUREE (RESOLUCIÓN S.E. N° 745/2005) PARA SU SUMINISTRO DE LA AVENIDA MAIPÚ N° 1.668 DE LA LOCALIDAD DE FLORIDA, PARTIDO DE VICENTE LÓPEZ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

14.- DESARROLLOS EN SALUD S.A. - EDENOR S.A. - TRATAMIENTO DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DE CALCULO TENIDA EN CUENTA PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PUREE (RESOLUCIÓN S.E. N° 745/2005) PARA SU SUMINISTRO DE LA CALLE CONDE N° 851, (1430) DE LA LOCALIDAD DE COLEGIALES, EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

15.- SOBRE TABLAS: DISTROCUYO SOCIEDAD ANÓNIMA - SOLICITUD DE AFECTACIÓN A SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA DE ELECTRODUCTO DE LAS PARCELAS QUE QUEDARÁN ATRAVESADAS POR LA TRAZA DE LA FUTURA LÍNEA DE 132 KV QUE UNIRÁ LA CH NIHUIL IV CON LA ESTACIÓN TRANSFORMADORA (ET) SAN RAFAEL, AMBAS EN LA PROVINCIA DE MENDOZA.

16.- SOBRE TABLAS: EDENOR S.A. - EDESUR S.A. - APROBACIÓN DEL PLIEGO PARA LA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO PARA SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA REVISIÓN TARIFARIA INTEGRAL DE AMBAS DISTRIBUIDORAS.

17.- SOBRE TABLAS: EDENOR S.A.- EDESUR S.A. - PROGRAMA PARA LA REVISIÓN TARIFARIA DE DISTRIBUCIÓN EN EL AÑO 2016

A continuación el Señor Presidente del Ente expresa que, habiéndose efectuado el análisis de las actuaciones en las que se han elevado los proyectos de Resolución, cuyos fundamentos están expresados en los considerandos de los mismos, entiende procedente dictar las Resolución en los términos en que fueran propuestas.

Los señores Directores, entonces, dejan constancia que con relación a los puntos del Orden del Día, por así corresponder, se dictará resolución cuyo original numerado será incorporado al Acta a los efectos de su pertinente registro, mencionándose las fojas del Expediente donde constan los originales de las elevaciones anexas a la presente, las que se agregan al Acta en fotocopia certificada, así como un breve resumen del objeto de la Resolución dictada y la mención del Expediente ENRE correspondiente a sus efectos.

A continuación se da tratamiento al punto del Orden del día de la presente Acta de Convocatoria.

1.- DIRECCION PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES (DPEC) - SOLICITUD DE ACCESO A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE A REQUERIMIENTO DE ENARSA PARA LA CENTRAL TÉRMICA ITATÍ DE 6 MW.

Resolución ENRE N° 39/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte solicitado por la DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ENERGÍA DE CORRIENTES (DPEC) a pedido de la Empresa ENERGÍA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (ENARSA), para la CENTRAL TERMICA ITATÍ de 6 MW, que se conectará en el piquete N° 29 Alimentador Santa Catalina -Itatí, LMT 33 kV a ET Itatí, perteneciente al Sistema de Distribución en 33 kV de la Provincia de CORRIENTES. (ii).- Solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) la publicación de un AVISO, así como publicar el mismo en la página Web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) por el plazo de CINCO (5) días, y publicar el mismo por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra vaya a realizarse o afecte eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días desde la última publicación, a fin de que quien lo considere procedente presente un proyecto alternativo de Acceso. En caso de que no hubiera ninguna oposición fundada o no se presentara ningún proyecto alternativo, y vencido el plazo indicado, se considerará autorizado el Acceso; y (iii).- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas, se convocará a Audiencia Pública para recibir las mismas y permitir al solicitante exponer sus argumentos.- Se agrega la documentación de fojas 85-95 del Expediente ENRE N° 41.591/2014 -

2.- TRANSNOA S.A. - SOLICITUD DE EMISIÓN DEL CERTIFICADO DE CONVENIENCIA Y NECESIDAD PUBLICA PARA LA AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE ECISTENTE A REQUERIMIENTO DE EDET S.A. CONSISTENTE EN UN NUEVO PUNTO DE CONEXIÓN DE 13,2 DENOMINADO “PRADERAS” EN LA ET TUCUMÁN OESTE.

Resolución ENRE N° 40/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Dar a publicidad la solicitud de emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública presentado por la Empresa DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE TUCUMAN SOCIEDAD ANÓNIMA (EDET S.A.), para la obra consistente en un nuevo punto de conexión de 13,2 KV denominado PRADERA en la Estación Transformadora (ET) 132/33/13,2 KV TUCUMÁN OESTE.(ii).- Publicar la solicitud mediante un AVISO en la página web del ENRE y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio por el plazo de CINCO (5) días y publicar por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar donde la obra se va a realizar o pueda afectar eléctricamente, en el que deberá consignarse que se otorgan DIEZ (10) días hábiles administrativos a partir de la última publicación para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. (iii).- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada, vencido el plazo señalado en el considerando precedente, se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1; y (iv) Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a EDET S.A. contestar las mismas y exponer sus argumentos.- Se agrega la documentación de fojas 31-36 del Expediente ENRE N° 43.126/2015 -

3.- TRANSNOA S.A. - SOLICITUD DE AMPLIACIÓN A LA CAPACIDAD DE TRANSPORTE EXISTENTE A REQUEMINEINTO DE LA EDESE S.A. CONSISTENTE EN LA INSTALACIÓN Y PUESTA EN SERVICIO DE UN NUEVO TRANSFORMADOR DE 132/33/13,2 KV 30/30/30 MVA EN LA ET SANTIAGO CENTRO.

Resolución ENRE N° 41/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Dar a publicidad la solicitud para la emisión del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la ampliación de la Capacidad de Transporte Existente por Contrato entre Partes para la obra consistente en la instalación y puesta en servicio en la Estación Transformadora (ET) Santiago Centro de UN (1) nuevo transformador 132/33/13.2 kV - 30/30 MVA con reactor de neutro, UN (1) campo de transformador completo, UN (1) campo completo de Salida de 13,2 kV., UNA (1) celda de acoplamiento y CINCO (5) celdas de 13,2 kV. para distribuidores. (ii).- La publicación dispuesta en el Artículo precedente deberá efectuarse por CINCO (5) días en los portales de Internet del ENRE y de la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y por DOS (2) días en un diario de amplia difusión en el lugar donde la obra se realice o pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. (iii) Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir dichas oposiciones y permitir a la Empresa DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) contestar las mismas y exponer sus argumentos. (iv).- Disponer que en caso de que no hubiera ninguna presentación, vencido el plazo señalado en el Artículo 2, se considerará otorgado el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública para la obra referida en el Artículo 1;y (v).- Disponer que TRANSNOA S.A. y la EMPRESA de DISTRIBUCIÓN ELÉCTRICA DE SANTIAGO DEL ESTERO SOCIEDAD ANÓNIMA (EDESE S.A.) deben firmar un Convenio de Conexión entre ambas Empresas en la ET Santiago Centro de 132 kV.- Se agrega la documentación de fojas 25-32 del Expediente ENRE N° 42.919/2015 -.

4.- TRANSNOA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y RECTIFICACIÓN INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 436/2015 (EN CUANTO AL DESTINO DEL TRANSFORMADOR).

Resolución ENRE N° 42/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Hacer lugar al Recurso de Reconsideración y Rectificación presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSNOA S.A.) contra la Resolución ENRE N° 436/2015; y (ii).- Rectificar el texto del Artículo 1 de la Resolución ENRE N° 436/2015,donde dice “…un transformador de 132/33/13,2 kV 15/15/10 MVA -que seguirá afectado como reserva en las estaciones transformadoras del área de influencia de Provincia de JUJUY-…”, debe decir “…un transformador de 132/33/13,2 kV 15/15/10 MVA que seguirá afectado como reserva en las estaciones transformadoras del área de concesión de TRANSNOA S.A…”..- Se agrega la documentación de fojas 142-148 del Expediente ENRE N° 40.530/2014.-

5.- EDENOR S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 225/2015.

Resolución ENRE N° 43/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) contra la Resolución ENRE N° 225/2015 y denegar el pedido de suspensión de sus efectos por no configurarse ninguno de los supuestos enumerados en el Artículo 12 de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549; y (ii).- Hacer saber a la Distribuidora que contra la presente Resolución podrá interponer en la sede del ENRE, el Recurso de Alzada previsto en el Artículo 94 del Decreto PEN N° 1.759/1972 reglamentario de la Ley N° 19.549 y en el Artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los QUINCE (15) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, y mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el Artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los TREINTA (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en el supuesto anterior.- Se agrega la documentación de fojas 60-70 del Expediente ENRE N° 40.765/2014 -

6.- TRANSBA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 379/2015.

Resolución ENRE N° 44/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Rechazar el Recurso de Reconsideración interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (TRANSBA S.A.) contra lo dispuesto en la Resolución ENRE N° 379/2015; y (ii).- Remitir las actuaciones a la SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA en virtud del Recurso de Alzada interpuesto por TRANSBA S.A..- Se agrega la documentación de fojas 236-239 del Expediente ENRE N° 36.370/2012.-

7.- TRANSBA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 369/2012 (SEMESTRE DICIEMBRE 2010/MAYO 2011).

Resolución ENRE N° 45/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Hacer lugar parcialmente el Recurso de Reconsideración interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) contra la Resolución ENRE N° 369/2012. (ii) En virtud de lo dispuesto en el Artículo precedente, procede disminuir la sanción impuesta mediante la Resolución ENRE N° 369/2012 en la suma de PESOS NOVECIENTOS DIECINUEVE CON CINCUENTA Y CUATRO CENTAVOS ($ 919,54), a tenor del detalle que se efectúa en el Anexo I al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 345/347. (iii).- Informar la Tasa de Falla y los valores con respecto a la Calidad Media de Referencia que se adjuntan en el Anexo II al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 348/349. (iv).- Autorizar a TRANSBA S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el punto 6.1.3 de la cláusula sexta del Acta Acuerdo, destine el importe detallado en el Artículo 1 de la Resolución ENRE N° 369/2012, reducida mediante el Artículo 2 de la presente, a la ejecución de inversiones adicionales, ajustándolo a la condición pari passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental del Acta Acuerdo, y (v).- Oportunamente, remítanse las actuaciones al organismo de Alzada para que conozca el Recurso interpuesto subsidiariamente.- Se agrega la documentación de fojas 342-356 del Expediente ENRE N° 33.905/2011.-

8.- TRANSBA S.A. - RECURSO DE RECONSIDERACION Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO POR LA TRANSPORTISTA CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 226/2014 (SEMESTRE DICIEMBRE 2012/MAYO 2013).

Resolución ENRE N° 46/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Hacer lugar parcialmente al Recurso de Reconsideración interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.) contra la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
N° 226/2014 e informar la Tasa de falla y los valores con respecto a la Calidad Media de Referencia que se adjuntan en el Anexo al Informe Técnico y Legal, obrante a fojas 334/335; y (ii).- Oportunamente, remítanse las actuaciones al organismo de Alzada para que conozca el Recurso interpuesto subsidiariamente.- Se agrega la documentación de fojas 332-341 del Expediente ENRE N° 38.105/2013-.


9.- DISTROCUYO S.A. - ANÁLISIS DE DESCAROS FORMULADOS ANTE PRESUNTOS INCUMPLIMIENTOS AL RÉGIMEN DE CALIDAD DE SERVICIO Y SANCIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL (SEMESTRE DICIEMBRE 2014/MAYO 2015).

Resolución ENRE N° 47/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Sancionar a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE CUYO SOCIEDAD ANÓNIMA (DISTROCUYO S.A.) en la suma de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL SETECIENTOS NOVENTA Y UNO CON DOS CENTAVOS ($ 343.791,02) correspondientes al período comprendido entre los meses de diciembre del año 2014 a mayo de año 2015, por incumplimientos a lo dispuesto en el Artículo 22 Inciso a) de su Contrato de Concesión y al Régimen de Calidad de Servicio y Sanciones del Sistema de Transporte por Distribución Troncal, contenido en el Anexo II-B del mencionado Contrato cuyo detalle, duración y montos de penalización se efectúa en los Anexos I, II, III, IV, V y VI, y cuyo total consta en el Anexo VII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 28/57. (ii).- Instruir a DISTROCUYO S.A. para que de conformidad con lo dispuesto en el Apartado 6.1.3 de la Cláusula Sexta del Acta Acuerdo -refrendada mediante Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN) N° 1.464/2005- destine a la ejecución de inversiones adicionales la suma consignada en el Artículo 1, resultante de las sanciones aplicadas por indisponibilidades referidas a líneas, conexión/transformación y conexión/salidas -Anexos I, II, III, IV, V, VI y VII al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 28/58 de estas actuaciones, ajustándose a la condición parí passu dispuesta mediante la Cláusula 10 del Convenio de Renovación del Acuerdo Instrumental de la referida Acta Acuerdo y de conformidad con las proporciones detalladas en el Anexo XV al informe Técnico y Legal (fojas 72). (iii).- Establecer, en los términos de lo dispuesto en el Artículo 25 del Anexo II-B del Contrato de Concesión de DISTROCUYO S.A. y conforme a la metodología de cálculo y asignación de pago por los usuarios y demás especificaciones detalladas en el Anexo II de la Resolución ENRE N° 462/2001, el incentivo mensual asociado al desempeño logrado por la transportista durante los DOCE (12) meses anteriores al período comprendido entre diciembre 2014 a mayo 2015, respecto del nivel de calidad registrado en el primer período tarifario, en la suma de PESOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS CINCO CON CINCUENTA Y UN CENTAVOS ($ 99.805,51) de acuerdo al detalle que se efectúa en los Anexos VIII, IX, X, XI, XII y XIII, y cuyo total consta en el Anexo XIV al Informe Técnico y Legal, obrantes a fojas 59/70. (iv).- Instruir a la COMPAÑIA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) para que, a los efectos del pago del incentivo mensual establecido en el Artículo 3 de esta Resolución, efectúe los correlativos débitos a los usuarios del sistema de transporte de acuerdo al procedimiento definido en el Anexo II a la Resolución ENRE N° 462/2001, para ser acreditados sobre la liquidación de venta de DISTROCUYO S.A. - Se agrega la documentación de fojas 24-27 y 76-85 del Expediente ENRE N° 43.379/2015.-

10.- Y.P.F. S.A. POR LA CENTRAL TERMICA CHIHUIDO DE LA SIERRA NEGRA - RECURSO DE RECONSIDERACIÓN Y ALZADA EN SUBSIDIO INTERPUESTO CONTRA LA RESOLUCIÓN ENRE N° 236/2012.

Resolución ENRE N° 48/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Hacer lugar parcialmente al Recurso de Reconsideración presentado por YPF S.A. por la CENTRAL TÉRMICA CHIHUIDO DE LA SIERRA NEGRA contra la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 236/2012 y dejar sin efecto la sanción de PESOS DIEZ MIL ($ 10.000) por incumplimiento del punto 4.1.6 del Anexo a la Resolución ENRE N° 881/1999.; y (ii).- Confirmar la Resolución ENRE N° 236/2012 por no observar el cumplimiento de lo establecido en el punto V.1 del Anexo a la Resolución ENRE N° 555/2001, Artículos 1 y 4 de la Resolución ENRE N° 636/2004 y en el punto 2 Apartado II de la Resolución ASPA N° 1/2010. Se agrega la documentación de fojas 157-178 del Expediente ENRE N° 30.050/2009.-

11.- TRANSPA S.A. - ANALISIS DE LOS CARGOS FORMULADOS POR INCUMPLIMIENTO A LA OBLIGACIÓN DE REALIZAR INVERSIONES EN LOS TERMINOS DEL ACTA ACUERDO- AÑOS 2009, 2010, 2011 Y 2012.

Resolución ENRE N° 49/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Levantar los cargos formulados por el DEPARTAMENTO DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA (DTEE) mediante la Resolución DTEE Nº 151/2013 a la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PATAGONIA SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSPA S.A.) en su condición de Transportista por Distribución Troncal de la Patagonia, por incumplimiento de la obligación de realizar inversiones en los términos previstos en el Acta Acuerdo, para los años 2009, 2010, 2011 y 2012. - Se agrega la documentación de fojas 177-183 del Expediente ENRE N° 38.447/2013.-

12.- FLEXO PLAS S.R.L. - EDENOR S.A. - TRATAMIENTO DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DE CALCULO TENIDA EN CUENTA PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PUREE (RESOLUCIÓN S.E. N° 745/2005) PARA SU SUMINISTRO DE LA CALLE CATRIEL N° 3.443 DE LA LOCALIDAD DE RAMOS MEJÍA, PARTIDO DE LA MATANZA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Resolución ENRE N° 50/2016. Por la misma se resuelve: (i).- No hacer lugar al pedido de modificación del período base de comparación considerado para la aplicación del PROGRAMA DE USO RACIONAL DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA (PUREE) solicitado por FLEXO PLAS S.R.L. para su suministro ubicado en la Catriel N° 3.443 - localidad de Ramos Mejía, partido de La Matanza (1704), Provincia de BUENOS AIRES (cuenta Edenor # 3 063 000 000). - Se agrega la documentación de fojas 110-123 del Expediente ENRE N° 43.859/2015.-

13.- DIAGNOSTICO MAIPU POR IMÁGENES S.A. - EDENOR S.A. - TRATAMIENTO DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DE CALCULO TENIDA EN CUENTA PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PUREE (RESOLUCIÓN S.E. N° 745/2005) PARA SU SUMINISTRO DE LA AVENIDA MAIPÚ N° 1.668 DE LA LOCALIDAD DE FLORIDA, PARTIDO DE VICENTE LÓPEZ, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Resolución ENRE N° 51/2016. Por la misma se resuelve: (i).- No hacer lugar a la solicitud de cambio del período de base solicitado por DIAGNÓSTICO MAIPÚ POR IMÁGENES S.A. POR IMÁGENES S.A. (DIAGNÓSTICO MAIPÚ POR IMÁGENES S.A.) para la aplicación de los cargos del PROGRAMA DE USO RACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (PUREE), establecido por la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 745/2005, correspondiente al suministro (Cuenta Edenor N° 8542000000) ubicado en la Avenida Maipú N° 1.668, de la localidad de Florida, Provincia de Buenos Aires.- Se agrega la documentación de fojas 155-163 del Expediente ENRE
N° 44.561/2015.-


14.- DESARROLLOS EN SALUD S.A. - EDENOR S.A. - TRATAMIENTO DE LA SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LA BASE DE CALCULO TENIDA EN CUENTA PARA LA APLICACIÓN DEL PROGRAMA PUREE (RESOLUCIÓN S.E. N° 745/2005) PARA SU SUMINISTRO DE LA CALLE CONDE N° 851, (1430) DE LA LOCALIDAD DE COLEGIALES, EN LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.

Resolución ENRE N° 52/2016. Por la misma se resuelve: (i).- No hacer lugar a la solicitud de modificación de la base de cálculo solicitado por DESARROLLOS EN SALUD S.A para la aplicación de los cargos del PROGRAMA DE USO RACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA (PUREE), establecido por la Resolución SE N° 745/2005, correspondiente al suministro (Cuenta EDENOR N° 9142000000) ubicado en la calle Conde 851, (1430) Colegiales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES. - Se agrega la documentación de fojas 157-165 del Expediente ENRE N° 43.384/2015.-

Concluido el tratamiento del Orden del Día, los Señores Directores disponen avocarse al tratamiento de temas que requieren de inmediata consideración, a tenor de lo siguiente:

15.- SOBRE TABLAS: DISTROCUYO S.A. - SOLICITUD DE AFECTACIÓN A SERVIDUMBRE ADMINISTRATIVA DE ELECTRODUCTO (SAE) DE LAS PARCELAS QUE QUEDARÁN ATRAVESADAS POR LA TRAZA DE LA FUTURA LÍNEA DE 132 KV QUE UNIRÁ LA CH NIHUIL IV CON LA ESTACIÓN TRANSFORMADORA (ET) SAN RAFAEL, AMBAS EN LA PROVINCIA DE MENDOZA.

Resolución ENRE N° 53/2016. Por la misma se resuelve: (i) Aprobar en los términos del Artículo 4 de la Ley N° 19.552 y a los fines de la afectación a Servidumbre Administrativa de Electroducto, la Planimetría y el listado de las parcelas atravesadas por la traza de la Línea de 132 kV que unirá la CH NIHUIL IV con la Estación Transformadora (ET) San Rafael, ambas en la provincia de MENDOZA, cuyos planos originales obran a fojas 8-9 y las planillas a fojas 6-7 del Expediente del Visto. (ii).- Determinar que las heredades afectadas a Servidumbre Administrativa de Electroducto en la Línea de 132 kV que unirá la CH NIHUIL IV con la ET San Rafael, ambas en la provincia de MENDOZA, quedarán sometidas a lo establecido por los Artículos 3, 16 y 19 de la Ley N° 19.552, y además a las siguientes restricciones y limitaciones al dominio las que deberán constar en toda escritura traslativa de dominio y en las que se dispone que para la franja de máxima seguridad no se permitirá:
i) construcciones de ninguna naturaleza y la existencia de ningún tipo de vivienda;
ii) la existencia de especies arbóreas, que en su máximo estado de crecimiento superen la altura de CUATRO METROS (4,00 m) ni la instalación de molinos, mástiles o antenas, o de cualquier otro elemento que supere dicha altura o que en su eventual caída puedan producir daños en la línea;
iii) la circulación bajo la línea de maquinarias o vehículos (agrícolas o de cualquier tipo), cuya altura supere, incluida la antena, los CUATRO METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (4,50 m); la quema de pastizales u otro tipo de cultivo o material, así como el trasvase o manipuleo de combustible o efectuar voladuras, debiendo los propietarios adoptar los recaudos necesarios para evitarlas;
iv) el riego por aspersión y la fumigación aérea;
v) espacios de recreación o basurales; emplazamiento de playas de estacionamiento de vehículos, construcción de piletas de natación o lagos artificiales y la edificación de cementerios; emprendimientos de naturaleza tal que puedan presentar riesgos de contingencias como explosión o incendio de gases o líquidos;
vi) la realización de excavaciones, perforaciones o sondeos de ningún tipo, ni la ejecución de obras que puedan afectar los drenajes naturales y/o la erosión del terreno en el cual se encuentra ubicada la línea.
Dentro de la franja de media seguridad regirán las mismas restricciones establecidas para la franja de máxima seguridad, con la siguiente única excepción: estará permitida la construcción de viviendas de una sola planta, sin terrazas accesibles ni balcones sobresalientes; previo a la realización de cualquier construcción dentro de la zona afectada se deberá solicitar autorización a DISTROCUYO S.A.
En las zonas aledañas a la Franja de Servidumbre no se permitirá la existencia de molinos, mástiles, antenas o cualquier tipo de instalación, ni la presencia de especies arbóreas que ante una eventual caída puedan afectar al Electroducto. (iii).- Establecer que el ancho de la franja de servidumbre se define como la sumatoria de las franjas de máxima seguridad y de media seguridad en zona rural, según el siguiente detalle, que regirá para toda la línea:
1. ancho de la franja de seguridad, VEINTIOCHO METROS CON TREINTA Y CUATRO CENTÍMETROS (28,34 m), es decir, CATORCE METROS CON DIECISIETE CENTÍMETROS (14,17 m) medidos a cada lado del eje de la línea;
2. la franja de media seguridad, válida en zona rural, se adiciona a la de seguridad y será adyacente a ésta, con un ancho de CINCO METROS (5 m) medidos a cada lado de la de seguridad;
3. el ancho de la franja de servidumbre surge de la sumatoria de las franjas de seguridad y de media seguridad, dando como resultado el valor de TREINTA Y OCHO METROS CON TREINTA Y CUATRO CENTÍMETROS (38,34 m), es decir, DIECINUEVE METROS CON DIECISIETE CENTÍMETROS (19,17 m) medidos a cada lado del eje de la línea. (iv) 4.- Determinar que la Servidumbre Administrativa de Electroducto se constituirá a favor de DISTROCUYO S.A., responsable de realizar todas las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los Artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552 y a lo dispuesto en el Artículo 4.1.3.a) del Contrato de Construcción, Operación y Mantenimiento.- Se agrega la documentación de fojas 35-44 del Expediente ENRE N° 44.719/2015. -

16.- SOBRE TABLAS: EDENOR S.A. - EDESUR S.A. - APROBACIÓN DEL PLIEGO PARA LA CONVOCATORIA A CONCURSO PÚBLICO PARA SERVICIOS DE CONSULTORIA PARA LA REVISIÓN TARIFARIA INTEGRAL DE AMBAS DISTRIBUIDORAS.

Resolución ENRE N° 54/2016. Por la misma se resuelve: (i) Llevar adelante el procedimiento de Concurso Público de Etapa Múltiple Nacional, tendiente a la contratación de los servicios de consultoría para la realización de la Revisión Tarifaria Integral (RTI) de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y de la EMPRESA DISTRIBUIDORA SUR SOCIEDAD ANONIMA (EDESUR S.A.), en un todo de acuerdo a lo establecido en el Capítulo X de la Ley N° 24.065, reglamentado por el Decreto del PODER EJECUTIVO NACIONAL (PEN) N° 1.398/1992 y de los Artículos 31 y 32 de los respectivos Contratos de Concesión y de las Actas Acuerdo de Renegociación Contractual aprobadas por los Decretos PEN N° 1.957/2006 y N° 1.959/2006, respectivamente. (ii).- Aprobar el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, que como ANEXO I es parte integrante de la presente Resolución, que regirá el Concurso aludido precedentemente y que se complementa con el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales aprobado por Disposición de la Oficina Nacional de Contrataciones (ONC) N° 58/2014. (iii).- Encomendar al Departamento Administrativo la realización de todos los actos necesarios para la implementación del llamado a Concurso y el control de precio testigo de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, según lo dispuesto en el Artículo 1 y con el Pliego aprobado en el Artículo 2 de esta Resolución.- Se agrega la documentación de fojas 313-407 del Expediente ENRE N° 45.629/2016.-

17.- SOBRE TABLAS: EDENOR S.A. - EDESUR S.A. - PROGRAMA PARA LA REVISIÓN TARIFARIA DE DISTRIBUCIÓN EN EL AÑO 2016

Resolución ENRE N° 55/2016. Por la misma se resuelve: (i).- Aprobar el Programa para la Revisión Tarifaria de Distribución en el año 2016, que como ANEXO es parte integrante de la presente Resolución. Se agrega la documentación de fojas 329-338 del Expediente ENRE N° 45.630/2016.-

Se deja constancia que, al inicio de la reunión se hizo presente el Señor Federico CINTO, cuyos datos se resguardan por la Secretaría del Directorio, quién se apersonó en representación de la empresa FRÍODOCK y solicitó presenciar el tratamiento del punto 5 del Orden del Día, en los términos del Decreto PEN N° 1.172/2003, lo que así hizo retirándose de la Reunión una vez concluido ello, siendo las 11:50, momento en que los Señores Directores continuaron con la consideración los demás puntos del Orden del Día.

No habiendo más asuntos que tratar y siendo las 12:55 horas, se levanta la sesión. Por Secretaría, conforme lo dispuesto por el RIFD se pone a disposición el Acta precedente, la que es suscripta de conformidad por los Señores Directores.
Ing. RICARDO H. SERICANO,
Vocal Tercero.-
Cdor. JUAN GARADE,
Vocal Segundo.-
Dra. MARTA ROSCARDI,
Vicepresidente.-
Ing. RICARDO A. MARTINEZ LEONE,
Presidente.
Citas legales:Convocatoria Acta N° 1409 Biblioteca
Decreto 01172/2003 Biblioteca
Resolución ENRE 0039/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0040/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0041/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0042/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0043/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0044/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0045/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0046/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0047/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0048/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0049/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0050/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0051/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0052/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0053/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0054/2016 Biblioteca
Resolución ENRE 0055/2016 Biblioteca