Argentina. Secretaría de Energía y Minería

Resolución SEyM 0003/2001. Boletín Oficial n° 29.621, martes 3 de abril de 2001, p. 14.
Citas Legales : Contrato de concesión (Edelap S.A.); Ley 24.065 - artículo 36; Resolución SE 0137/1992; Resolución SEE 0061/1992




BUENOS AIRES, 27 DE MARZO DE 2001.

    VISTO, el Expediente N° 750-000476/2001 del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

    CONSIDERANDO:

    Que AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A., para la Planta Ensenada, ha presentado la solicitud para su reconocimiento como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) en su condición de GRAN USUARIO MAYOR (GUMA), conforme lo establecen la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA ELECTRICA N° 61 del 29 de abril de 1992, la Resolución ex SECRETARIA DE ENERGIA N° 137 del 30 de noviembre de 1992 y sus modificatorias.

    Que la firma solicitante, para la vinculación de su instalación eléctrica con el SISTEMA ARGENTI-NO DE INTERCONEXION (SADI) deberá contar con la prestación de la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) de la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA (EDELAP S.A.).

    Que la presentación de la solicitud correspondiente ha sido publicada en el Boletín Oficial de fecha 28 de febrero de 2001.

    Que no se han presentado objeciones u oposiciones derivadas de la antedicha publicación.

    Que las facultades para el dictado del presente acto surgen de lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley N° 24.065.

    Por ello,
    EL SECRETARIO DE ENERGIA Y MINERIA
    RESUELVE:

    ARTICULO 1°- Autorízase el ingreso de AIR LIQUIDE ARGENTINA S.A. como agente del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM), en su condición de GRAN USUARIO MAYOR (GUMA) para su Planta Ensenada, ubicada en Camino Gobernador Vergara km. 2,7 de la localidad de ENSENADA, provincia de BUENOS AIRES, a partir del 1° de mayo de 2001, ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.

    ARTICULO 2°- Establécese que la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA (EDELAP S.A.) deberá prestar al nuevo agente la FUNCION TECNICA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA (FTT) según lo determinado en el Contrato de Concesión del Servicio Público de Distribución correspondiente.

    ARTICULO 3°- Instrúyese al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a notificar al nuevo agente, al generador CENTRAL TERMICA MENDOZA S.A. y a la EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA SOCIEDAD ANONIMA (EDELAP S.A.) e informar a todos los agentes del MERCADO ELECTRICO MAYORISTA (MEM) lo establecido en la presente resolución.

    ARTICULO 4°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
    Citas legales:Resolución SEE 61/92 - anexo 17 Base de datos 'Biblioteca', Vista '(ArmarNormativa)'
    Comunicación al MEM del 28/02/2001: Biblioteca