| Tema | Resumen | |
| función técnica de transporte |
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| cálculo del cargo fijo por potencia contratada en horas de punta |
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| calidad de servicio |
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| metodología para remunerar; valores de remuneración anual prevista y mecanismo de actualización |
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| Resolución ENRE 0144/2019 | Empresa de Energía Río Negro S.A., resuélvese aprobar la metodología para remunerar la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) Firme del Sistema Alipiba en el área de concesión de la empresa con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas del 1 de enero de 2019; aprobar el valor de Remuneración Anual Prevista (RAP) el cual será aplicable a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas del 1 de enero de 2019; probar el Mecanismo de Actualización de la Remuneración Anual Prevista (RAP) para el PAFTT Empresa de Energía Río Negro S.A. con relación al Sistema Alipiba, y el Régimen de Calidad de Servicio y Descuentos aplicable a la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) del Sistema Alipiba en el área de concesión de la mencionada empresa con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas del 1 de enero de 2019. | |
| Resolución ENRE 0149/2022 | Energía de Río Negro S.A., resuélvese aclarar la Resolución ENRE 144/2019 en el sentido de que la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) firme del Sistema Alipiba en el área de concesión de la empresa distribuidora rionegrina constituye un servicio “Firme”, en la medida de que solo alcanza la prioridad de uso de la capacidad contratada en el Sistema Alipiba existente, y no incluye la expansión del sistema de distribución afectado a la PAFTT, la que estará a cargo de la demanda asociada a dicho sistema, y que da origen a la misma y hacer saber a la Cooperativa de Electricidad de San Carlos de Bariloche Limitada y al Ente Provincial Regulador de la Electricidad de la Provincia de Río Negro que se les concede un plazo de diez (10) días hábiles administrativos a fin de que, para el caso de que lo estimen pertinente, procedan a ampliar y/o modificar y/o ratificar sus respectivos recurso de incompetencia con nulidad en subsidio y recurso de alzada, incorporados, registrados y digitalizados en el trámite del expediente del Visto | |
| Resolución ENRE 0318/2018 | Edenor S.A. - Edesur S.A., resuélvese aprobar la metodología para remunerar la Prestación Adicional de la Función Técnica de Transporte (PAFTT) No Firme en las áreas de concesión de las empresas distribuidoras con vigencia a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas del 6 de marzo de 2017, aprobar los valores de Remuneración Anual Prevista (RAP) aplicables a partir de la facturación correspondiente a la lectura de medidores posterior a las cero horas de las fechas indicadas y el Mecanismo de Actualización de la Remuneración Anual Prevista para los PAFTT Edenor S.A. y Edesur S.A. | |
| potencia máxima convenida |
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| sistema de operación en tiempo real |
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| tarifas por peaje |
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| generación de energía eléctrica distribuida |
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| gestión ambiental |
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| Grandes Usuarios Menores (GUMEs) |
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| habilitación de operadores |
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| notificaciones vía internet |
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| perturbaciones que ocurran en el SADI |
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| Prestación adicional de la función técnica de transporte no firme |
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