| Resolución ENRE 0204/2007 | Compañía de Transporte de Energía Eléctrica en Alta Tensión Transener S.A. - Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Provincia de Buenos Aires S.A. - Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noreste Argentino S.A. - Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal del Noroeste Argentino S.A. - Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de la Patagonia S.A. - Edelap S.A. - Edenor S.A. - Edesur S.A. - Transportista por Distribución Troncal de la Región Comahue - Empresa de Transporte de Energía Eléctrica por Distribución Troncal de Cuyo S.A., resuélvese establecer que, en oportunidad de las revisiones tarifarias las empresas prestadoras de los Servicios Públicos de Transporte y Distribución de Energía Eléctrica, Concesionarias del Estado Nacional, deberán incorporar en sus respectivas pretensiones toda la información relativa a las actividades no reguladas, a los fines de determinar la participación en los beneficios de las mismas por parte de los usuarios de las actividades reguladas y determínase que, en el desarrollo de las actividades no reguladas no se podrá afectar, el capital social y las reservas legales comprometidos en la actividad regulada. Los quebrantos que deriven de la actividad no regulada no deberán ser contabilizados en la estructura de costos para la determinación de los futuros cuadros tarifarios de la actividad regulada. | |