Autor InstitucionalResumen
Show details for Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Subsecretaría de HaciendaAdministración Gubernamental de Ingresos Públicos (Ciudad Autónoma de Buenos Aires), Subsecretaría de Hacienda (Ciudad Autónoma de Buenos Aires)
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Resolución ANSeS 0027/2014Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Apruébanse coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado servicios en relación de dependencia.-
Resolución ANSeS 0028/2016Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Coeficientes de actualización. Aprobación.
Resolución ANSeS 0030/2013Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Apruébanse coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia.-
Resolución ANSeS 0032/2016Asignaciones familiares. Establécense los rangos, topes y montos de las asignaciones familiares contempladas en la Ley 24.714.
Resolución ANSeS 0032/2018Asignaciones familiares. Establécense los rangos y montos de las asignaciones familiares contempladas en la Ley 24.714.
Resolución ANSeS 0032/2022Sistema integrado de jubilaciones y pensiones, establécese que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de marzo de 2022, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley 26.417, será de $ 32.630,40, que el haber máximo vigente a partir del mes de marzo de 2022, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley 26.417, será de $ 219.571,69, que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley 24.241, texto según la Ley 26.222, quedan establecidas en la suma de $ 10.989,91 y $ 357.166,98 respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2022, que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley 24.241, aplicable a partir del mes de marzo de 2022, en la suma de $ 14.926,92 y que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) prevista en el artículo 13 de la Ley 27.260, aplicable a partir del mes de marzo de 2022 en la suma de $ 26.104,32.
Resolución ANSeS 0033/2022Asignaciones familiares, resuélvese aprobar el incremento de los rangos de ingresos del grupo familiar y de los montos de las asignaciones familiares previstas en la Ley 24.714, sus normas complementarias y modificatorias.
Resolución ANSeS 0034/2017Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Coeficientes de actualización. Aprobación.
Resolución ANSeS 0039/2024Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Establécese que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de marzo de 2024, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley 26.417, será de pesos ciento treinta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y cinco con treinta centavos ($134.445,30), que el haber máximo vigente a partir del mes de marzo de 2024, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley 26.417, será de pesos novecientos cuatro mil seiscientos ochenta y nueve con cincuenta y cuatro centavos ($904.689,54), que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley 24.241, texto según la Ley N° 26.222, quedan establecidas en la suma de pesos cuarenta y cinco mil doscientos ochenta y uno con quince centavos ($45.281,15) y pesos un millon cuatrocientos setenta y un mil seiscientos dieciseis con diez centavos ($1.471.616,10) respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2024, que el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley 24.241, aplicable a partir del mes de marzo de 2024, en la suma de pesos sesenta y un mil quinientos dos con sesenta y nueve centavos ($61.502,69) y que el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) prevista en el artículo 13 de la Ley 27.260, aplicable a partir del mes de marzo de 2024 en la suma de pesos ciento siete mil quinientos cincuenta y seis con veinticuatro centavos ($107.556,24).
Show details for Resolución ANSeS 0044/2015Resolución ANSeS 0044/2015Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Apruébanse coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado servicios en relación de dependencia.
Resolución ANSeS 0052/2021Sistema integrado de jubilaciones y pensiones, establécese que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de marzo de 2021, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley 26.417, será de $20.571,44, que el haber máximo vigente a partir del mes de marzo de 2021, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley 26.417, será de $138.426,37, que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley 24.241, texto según la Ley 26.222, quedan establecidas en la suma de $225.171,69 respectivamente, a partir del período devengado marzo de 2021, el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) prevista en el artículo 19 de la Ley 24.241, aplicable a partir del mes de marzo de 2021, en la suma de $ 9.410,50 y el importe de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) prevista en el artículo 13 de la Ley 27.260, aplicable a partir del mes de marzo de 2021 en la suma de $16.457,15.
Resolución ANSeS 0058/2011Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Apruébanse los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia.
Resolución ANSeS 0062/2024Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Establécese que el haber mínimo garantizado vigente a partir del mes de abril de 2024, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 8° de la Ley 26.417 y el artículo 4° del Decreto 274/24, será de pesos ciento setenta y un mil doscientos ochenta y tres con treinta y un centavos ($171.283,31), que el haber máximo vigente a partir del mes de abril de 2024, dispuesto de conformidad con las previsiones del artículo 9° de la Ley 26.417 y el artículo 4° del Decreto 274/24, será de pesos un millón ciento cincuenta y dos mil quinientos setenta y cuatro con cuarenta y siete centavos ($1.152.574,47) y establécese que las bases imponibles mínima y máxima previstas en el primer párrafo del artículo 9° de la Ley 24.241 -texto según Ley 26.222- quedan establecidas en la suma de pesos cincuenta y siete mil seiscientos ochenta y ocho con diecinueve centavos ($57.688,19) y pesos un millón ochocientos setenta y cuatro mil ochocientos treinta y ocho con noventa y un centavos ($1.874.838,91), respectivamente, a partir del período devengado abril de 2024.
Resolución ANSeS 0065/2009Sistema integrado de jubilaciones y pensiones. Apruébanse los coeficientes de actualización de las remuneraciones mensuales percibidas por los afiliados que hubiesen prestado tareas en relación de dependencia, cesados a partir del 31 de agosto de 2009 o continúen en actividad a partir del 1º de setiembre de 2009.
Resolución ANSeS 0073/2000Asignaciones Familiares. Dispónese que la obligatoriedad de la implementación del procedimiento establecido por la Resolución 884/98 cobrará vigencia a partir de las presentaciones de Declaraciones Juradas de Certificación de Servicios correspondientes a abril de 2000.
Resolución ANSeS 0074/2019Sistema integrado de jubilaciones y pensiones, apruébanse el haber mínimo y máximo garantizados vigentes a partir del mes de marzo de 2019, las bases imponibles mínima y máxima, el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y dispónese que las remuneraciones de los afiliados que cesaren en la actividad a partir del 28 de febrero de 2019 o los que, encontrándose encuadrados en la compatibilidad establecida por el artículo 34 de la Ley 24.241 y sus modificatorias, continúen en actividad y solicitaren la prestación a partir del 1° de marzo de 2019, se actualizarán a los fines establecidos por el artículo 24 inciso a) de la Ley 24.241 y sus modificatorias, según el texto introducido por el artículo 12 de la Ley 26.417, mediante la aplicación de los índices de actualización determinados por Resolución SSS 4/19.-